La CNMV ha informado en una nota de prensa de que el supervisor bursátil chipriota ha difundido una circular para que las entidades con sede en Chipre que comercialicen en España contratos por diferencia (CFD) y otros productos complejos sigan los mismos requerimientos que las entidades registradas en España.
La Cyprus Securities and Exchange Commission (CySEC), el regulador de los mercados chipriota, responde de esta forma a una petición de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que podrá actuar en caso de que las entidades del citado país en régimen de libre prestación de servicios no apliquen las medidas comunicadas por la CySEC en las operaciones con inversores españoles.
La circular del organismo chipriota se refiere a entidades de ese país que comercialicen en España entre inversores minoristas contratos por diferencia (CFD), productos forex u las opciones binarias.
El pasado mes de marzo la CNMV ya advirtió que este tipo de producto es demasiado complejo y no recomendable para los clientes minoristas. Un CFD es un contrato entre dos partes para intercambiar la diferencia entre el precio de compra y el de venta de un activo financiero, cuyas principales características son su elevado apalancamiento (relación entre deuda y fondos propios), que se trata de contratos sin vencimiento y que permiten adoptar posiciones largas (compradoras) y cortas (vendedoras).