En un segundo vídeo, Natalie Westerbarkey, directora de Políticas Públicas de la Unión Europea en Fidelity International, examina las implicaciones de la normativa SFDR, acrónimo en inglés del reglamento europeo sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad que entra en vigor hoy 10 de marzo, sobre las estrategias de inversión.
¿Cómo afectará la SFDR al proceso de distribución de las estrategias?
En lo que respecta a distribución, hay que considerar dos puntos. El primero es la correcta clasificación de los fondos. En este ámbito tenemos una nueva regulación que entrará en vigor en marzo de 2021. Se llama Reglamento sobre divulgación de información relativa a la sostenibilidad (SFDR, por sus siglas en inglés). En ese sentido, hay tres artículos que conviene recordar. El artículo 6 se refiere a los fondos que integran los riesgos de sostenibilidad. Los artículos 8 y 9 se refieren a aquellos que en el futuro se podrán distribuir como fondos sostenibles o ESG. Los fondos citados en el artículo 8 son aquellos que promueven las características ESG en su proceso de inversión. Y los del artículo 9 son los fondos que poseen un objetivo o impacto sostenible. Además de eso, habrá una regulación específica por tipología de producto. Por ejemplo, en relación con la AIFMD, que cubre los fondos alternativos, los fondos inmobiliarios, los fondos UCITS, así como los fondos de pensiones de empleo y los planes de pensiones personales. Todos estos instrumentos deberán tener referencias a los factores ESG.
Y después de la clasificación de los productos, ¿cuáles serían los próximos pasos en relación con la distribución?
El segundo paso es el diálogo con el cliente. MiFID II tendrá un papel clave, lo que significa que tenemos que dialogar con nuestros clientes. Existen dos categorías de clientes. Están los clientes institucionales, ante los que tenemos que adoptar un enfoque proactivo, identificando sus preferencias en términos de ESG como clientes. El segundo segmento son los clientes minoristas, donde deberemos incluir las características ESG dentro de los DFI, los documentos fundamentales para el inversor, dentro del folleto y donde sea necesario. Sin embargo, lo más importante es el intercambio de conocimiento, de modo que aprendamos de nuestros clientes cuáles son sus preferencias y compartamos la información internamente, por ejemplo, pero también que colaboremos con los reguladores para contribuir a optimizar los reglamentos.
¿Cómo evolucionará el sector en materia de clasificación y distribución de fondos?
En líneas generales, preveo un rápido crecimiento en este ámbito. Ello se debe a que cada vez hay más demanda de los clientes y las gestoras de activos están inmersas en el lanzamiento de un creciente número de productos en esta área.
Las políticas actuales de la Unión Europea están ayudando en cierto sentido, posibilitando la regulación y optimizando tanto la oferta como la demanda. Desde el punto de vista del mercado, preveo que la industria del ahorro intentará primero cumplir el artículo 6 del SFDR y posteriormente tomará en consideración los riesgos de sostenibilidad dentro de los fondos y del proceso de inversión. Después veremos un crecimiento de los fondos relacionados con el artículo 8, esos fondos que integran las características ESG de forma más intensa. En tercer lugar, creo que el artículo 9 tendrá un impacto importante sobre todo en el ámbito de la renta fija, donde se deben demostrar los resultados de los objetivos de sostenibilidad. Aquí, veremos una evolución no sólo de los estándares de los bonos verdes, sino también de los bonos sociales y los bonos ligados a la sostenibilidad.
Así pues, preveo que se lanzarán numerosos productos durante este año y el próximo en esta categoría. Fidelity International dispone de una gama de fondos sostenibles, domiciliados en Luxemburgo, que ya cumple con el artículo 8. Sin embargo, estamos examinando toda nuestra oferta de fondos para evaluarla sobre la base de los criterios de los artículos 8 y 9.
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