Las entidades financieras ya hacen realidad la nueva medida que ha puesto en marcha el Gobierno en la que permite a los afectados por el COVID-19 rescatar su plan de pensiones. El objetivo de esta propuesta es aliviar las necesidades de liquidez de los ciudadanos, por lo que podrán recurrir a estos rescates las personas que estén inmersas en un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), los autónomos que hayan cesado su actividad como consecuencia de los efectos del COVID-19 y los empresarios que sean titulares de un establecimiento cuya apertura al público se haya visto suspendida.
Según el Gobierno, el reembolso deberá efectuarse dentro del plazo máximo de siete días hábiles desde que el partícipe presente la documentación acreditativa completa. En el caso de los planes de pensiones de la modalidad de empleo, dicho plazo se ampliará hasta 30 días hábiles desde que el partícipe presente la documentación.
Esta medida, tan excepcional como la situación que vivimos, ya ha sido puesta en marcha por algunas entidades financieras. Bankinter ya ha habilitado dicho procedimiento y todos sus clientes en situación de ERTE, y autónomos y empresarios que hayan visto cesada o disminuida su actividad, puedan rescatar de su plan de pensiones un importe similar al salario o a los ingresos netos que hayan dejado de percibir mientras se mantenga la situación de crisis del COVID-19.
El plazo de solicitud de ese rescate de planes de pensiones y EPSV permanecerá abierto hasta el próximo 13 de septiembre de 2020, con posibilidad de ampliación por parte del Gobierno, aunque la situación de ERTE o cese de la actividad haya sido revertida. Bankinter atenderá la demanda de los rescates en un periodo máximo de seis días desde la recepción de la solicitud.
Asimismo, el Grupo Cooperativo Cajamar tiene habilitado este procedimiento desde el pasado 3 de abril para que los partícipes de los planes de pensiones individuales (PPI) y planes de previsión asegurados (PPA) puedan hacer líquidos los derechos consolidados, según lo establecido en Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
Santander también ha habilitado el procedimiento que se podrá solicitar según las fechas marcadas por el Gobierno, hasta seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por lo que estará disponible hasta el 14 de septiembre de 2020. El rescate podrá hacerse en forma de capital o en forma de renta financiera, en el caso de los PPA únicamente en forma de capital.
Actualmente, Unicaja Banco también da cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto-Ley a este respecto. Para arrojar luz sobre la situación, la entidad ha creado un espacio en su web en el que se resuelven todas las dudas en torno al rescate de planes de pensiones y ponen a disposición de los interesados el contacto de su gestora, Unicorp Vida, a la que habrá que enviar toda la documentación necesaria. Asimismo, recuerdan que la gestora deberá efectuar el reembolso dentro del plazo máximo de siete días hábiles desde que el partícipe o asegurado presente la documentación acreditativa correspondiente.
Desde Ibercaja también han habilitado un espacio en su web para resolver todas las dudas sobre las nuevas medidas que se han implementado a raíz del COVID-19. En ellas concretan que desde el 2 de abril y con una vigencia limitada a 6 meses se permite disponer de parte de los planes de pensiones si el cliente se encuentra en alguna de las tres situaciones que el Gobierno ha puesto como condición.
Por su parte, en Bankia la operativa está disponible desde el primer día que entró en vigor (02/04) y, según informan desde la entidad, ya se han realizado disposiciones. En BBVA también se ha habilitado el procedimiento, al igual que en CaixaBank.