El Grupo Lombard Odier ha obtenido la validación por parte de la Dirección General de Tributos de España para el diferimiento de los traspasos de las instituciones de inversión colectiva (fondos y sicavs) custodiados en el extranjero.
De este modo, a los clientes españoles de Lombard Odier que tengan el depósito de sus fondos en el extranjero, se les aplicará el régimen de diferimiento fiscal por cambio de fondo y no deberán tributar hasta el reembolso final, cumpliendo con los requisitos establecidos en la ley de IRPF.
Para ello, se establecerá un contrato a tres partes entre el cliente, Lombard Odier Suiza y la filial de Lombard Odier en España. Esta última, en su condición de entidad comercializadora, será la única intermediaria de las operaciones y actuará de agente retenedor. Asimismo, será la encargada de las obligaciones de información.
Gracias a ese deber de colaboración, una ventaja para el contribuyente, según ha publicado reiteradamente la Agencia Tributaria, es la no necesidad de inclusión de esos activos custodiados en el extranjero en la declaración informativa de activos situados en el extranjero, el modelo 720.
Lombard Odier, pionero en la tramitación de este asunto, tiene ya en funcionamiento la operativa para todas las cuentas en su sede en Suiza y próximamente estará operativo para las instituciones de inversión colectiva comercializadas a través de Lombard Odier España y custodiadas en su oficina de Luxemburgo.
José Couret, Managing Director de Lombard Odier en España, ha apuntado: “Para Lombard Odier es una noticia muy positiva ya que nos permite mantener y mejorar nuestra oferta a clientes, quienes podrán tener más opciones en sus inversiones. Esta validación ha sido posible gracias a nuestra presencia internacional e innovación tecnológica con una plataforma líder”.