El verano sorprende a veces con lluvias torrenciales, granizos o incluso fuertes oleadas de viento que pueden provocar daños sobre bienes materiales, cosechas y personas. Por ello, Estamos Seguros, en colaboración con Agroseguro, el Consorcio de Compensación de Seguros y Unespa, ha elaborado un informe en el que se detalla, por tipología, cómo se aseguran los bienes dependiendo del fenómeno por el que se ha provocado el desastre.
Cabe destacar que las ayudas públicas son compatibles con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de un seguro sin que, en ningún caso, el importe total de todos los pagos pueda superar el valor del daño producido.
- Daños ocasionados por lluvia
En bienes asegurados, los daños directos producidos por efecto del agua por encima del umbral fijado en el seguro contratado, cuyo origen no sea una falta de mantenimiento o deterioro paulatino, serán indemnizados por la aseguradora. Sin embargo, los daños que estén por debajo del umbral fijado en el seguro contratado no serán indemnizados. Para solicitar la indemnización, se debe contactar con la aseguradora o el mediador de seguros.
En el caso de que los daños se den en cosechas y arbolado, Agroseguro se encarga de la indemnización. El proceso es similar; se debe contactar con Agroseguro, la aseguradora contratada o el mediador de seguros.
- Daños ocasionados por inundación
El Consorcio de Compensación de Seguros es el responsable de indemnizar los daños materiales de los bienes asegurados y las personas aseguradas de vida y accidentes por inundación entendida como anegamiento del terreno producido por la acción directa de las aguas de lluvia, las procedentes del deshielo, de los lagos, desbordamiento de ríos y rías y embates de mar. Para solicitar la indemnización, se debe contactar con el Consorcio de Compensación de Seguros, la aseguradora o el mediador de seguros.
Los daños de cosecha y arbolado asegurados por inundación, así como la muerte de ganado serán indemnizados por Agroseguro, solicitando la indemnización a través del mismo, la aseguradora contratada o el mediador de seguros.
Asimismo, los daños por sequía en cosechas y arbolados asegurados, así como en la pérdida de pastos serán indemnizados por Agroseguro.
- Daños ocasionados por viento
En el caso de que los daños sean ocasionados por vientos, según la fuerza del fenómeno serán indemnizados por la aseguradora o el Consorcio.
Los daños de bienes asegurados por vientos de más 120 km/h o tornados de cualquier fuerza serán indemnizados por el Consorcio de Compensación de Seguros. Si los daños son ocasionados por vientos entre el umbral que fija el seguro y hasta 120 km/h, será la aseguradora la que proceda a la indemnización. No serán indemnizados si están por debajo del umbral fijado por el seguro. De igual modo, para solicitar la indemnización, se debe contactar con el Consorcio de Compensación de Seguros, la aseguradora o el mediador de seguros. El proceso es el mismo si los daños ocasionados se han dado en personas aseguradas de vida y accidentes.
En el caso de las cosechas, arbolado y cabañas ganaderas aseguradas, Agroseguro será el responsable de proceder a la indemnización.
- Daños ocasionados por helada
Las heladas también son motivo de indemnización, sin embargo deben de estar específicamente incluidos en el seguro para ser indemnizados.
Cuando los daños se producen en cosechas, arbolado o cabañas ganaderas aseguradas Agroseguro será el que proceda a la indemnización siguiendo el mismo procedimiento de solicitud.
- Daños ocasionados por nieve y granizo
Serán indemnizados por la aseguradora los daños ocasionados por el granizo y el deshielo en forma de filtraciones sobre el riesgo asegurado o cuyo origen no sea una falta de mantenimiento o deterioro paulatino, así como los daños por efecto directo de la nieve.
En cosechas y arbolado asegurados serán indemnizados los daños por pedrisco, responsabilidad de Agroseguros.
- Daños ocasionados por incendio forestal
Los bienes asegurados y personas aseguradas de vida y accidentes serán indemnizados por la aseguradora cuando se produzcan daños directos por efecto del humo o de las llamas.
Asimismo, el Estado tiene contratado un seguro de daños personales (vida y accidentes) con el Consorcio de Compensación de Seguros para proteger a todas aquellas personas que intervienen en la extinción de un incendio forestal.
En el caso de que los daños se den en cosechas, arbolado y cabañas ganaderas aseguradas, la indemnización estará cubierta por Agroseguro.
- Daños ocasionados por terremoto y maremoto
El Consorcio de Compensación de Seguros será el responsable de cubrir los daños materiales, lesiones y fallecimientos producidos por terremoto o maremoto.
También es competencia del Consorcio la indemnización por daños materiales o lesiones y fallecimientos producidos por erupción volcánica.
- Daños ocasionados por rayo
Si los daños son ocasionados por impacto directo del rayo sobre los bienes asegurados, incendio o alteración eléctrica inducida por la propia caída del rayo o en el caso de lesiones o muerte por electrocución, la aseguradora se encarga de la indemnización.
Los daños por incendio o electrocución en cosechas, arbolados y cabañas ganaderas serán competencia de Agroseguro.