Los inversores están protegidos gracias a MiFID, la normativa europea que establece las reglas del juego para inversores, entidades y mercados. Su principal objetivo es mejorar la protección de los inversores minoristas, la transparencia y supervisión de los mercados financieros europeos, la gobernanza de las empresas que prestan servicio de inversión y actuar como una regulación europea estandarizada, según relata la CNMV en su última infografía.
En particular, regula la relación entre inversores e intermediarios financieros. Estos intermediarios pueden ser, entre otros, entidades de crédito o empresas de servicios de inversión (ESI). Se aplica a los productos de inversión, como los fondos de inversión y los valores negociables (acciones, valores de renta fija…), derivados, productos estructurados, etc. Quedan exentos los productos bancarios como los depósitos a la vista y préstamos, los seguros o planes de pensiones.
¿En qué consiste tu protección como inversor antes de invertir?
La MiFID establece «normas de conducta» que las entidades tienen que cumplir durante todo el proceso de prestación de servicios de inversión. En concreto, antes de invertir tu entidad debe: clasificarte como inversor para establecer el nivel de protección, solicitarte información para adecuar productos y servicios y facilitarte información para ayudarte a tomar decisiones.
En primer lugar, el nivel de protección dependerá de la clasificación del inversor y de la complejidad del producto. Los inversores se pueden clasificar en minoristas, los cuales disfrutan del más alto nivel de protección previsto por la MiFID, y los inversores profesionales. Estos últimos son: entidades autorizadas para operar en los mercados, grandes empresas, gobiernos nacionales y autonómicos y organismos relacionados con políticas económicas y monetarias y clientes minoristas que cumplan ciertos requisitos, si lo solicitan. Aunque, según aconseja la CNMV es mejor conservar la clasificación de inversor minorista.
Por otro lado, los productos se pueden clasificar en complejos y no complejos. Los primeros engloban productos como acciones cotizadas en bolsa, deuda pública, pagarés, bonos y obligaciones simples emitidas por administraciones públicas, empresas o fondos de titulización o fondos de inversión ordinarios. En la categoría de complejos entran productos como derivados (futuros, opciones, warrants, turbowarrants), contratos por diferencias (CFD), fondos de inversión libre (hedge funds) o swaps.
Sin embargo, según aclara la CNMV no debemos asociar el riesgo con la complejidad del producto. Un producto no complejo significa que sus características y riesgos son más fáciles de comprender.
En el segundo paso, solicitar información, la entidad solicitará información al inversor para evitar que contrate productos o servicios no ajustados a su perfil o que no satisfagan sus necesidades. Dependiendo del producto y servicio de inversión que se vaya a prestar, la entidad debe recabar información mediante una serie de preguntas.
¿Cuáles son los principales servicios de inversión? Cuando el cliente adquiere un producto no complejo por iniciativa de la entidad o bien un producto complejo (con independencia de quién tenga la iniciativa), hay que realizar el test de conveniencia. En él se hacen preguntas para evaluar si se comprende la naturaleza y riesgos del servicio o producto ofrecido o solicitado.
El test de idoneidad se realizará en los servicios de gestión de carteras y asesoramiento ya que son servicios personalizados, que tienen en cuenta los objetivos de cada cliente, su situación personal y financiera, y sus conocimientos y experiencia. En este test se formulan preguntas para adecuar mejor las recomendaciones personalizadas o gestión de cartera a tu situación particular.
Por último, el tercer paso es la facilitación de información por parte de la entidad, la cual debe hacerlo con suficiente antelación para que puedas leerla y tomar una decisión meditada, sin precipitación ni bajo presión. Estos son los aspectos sobre los que debe prestar información:
¿En qué consiste tu protección como inversor después de invertir?
Después de invertir, la entidad debe gestionar tus órdenes en los mejores términos e informarte sobre el estado de órdenes e inversiones. Después, recibirás la información necesaria para seguir la evolución de tus inversiones.
Para finalizar la CNMV ha elaborado una lista con seis consejos básicos: cuanto mejor te conozca tu entidad, mejor servicio te podrá prestar, nunca contrates una inversión sin comprender bien sus características y riegos, solicita la información por escrito y conserva la documentación, tómate el tiempo necesario para decidir con conocimiento, sin precipitación ni bajo presión, no tomes decisiones de inversión basadas solo en la publicidad y asegúrate de que la entidad esté registrada en la CNMV y tenga autorización para prestar el servicio ofrecido.
Puede visitar este enlace para acceder a la infografía completa realizada por la CNMV