Sin ánimo de ser exhaustivos, puede resultar útil tener una idea aproximada de algunos tipos de emisiones de bonos que, como pasó con las participaciones preferentes en su día, pueden confundir al inversor respecto a sus condicionados, su nivel de riesgo y el orden de prelación o cobro en caso de resolución o quiebra del emisor.
Al leer detenidamente el folleto de un fondo o su política de inversión, o bien la ficha mensual en la que se detallan las mayores posiciones en su cartera, es importante saber si, entre sus títulos de renta fija, incluyen deuda subordinada, CoCos o deuda senior y las ventajas y riesgos que pueden conllevar.
Los bonos de deuda subordinada son instrumentos híbridos, con características de deuda y de capital, con capacidad para absorber perdidas si la entidad emisora alcanzara la situación de inviabilidad. En el caso de que esto llegara a suceder, los bonos habrán de cancelarse permanentemente o ser convertidos en instrumentos de capital.
Los títulos de deuda subordinada normalmente son emitidos por entidades de crédito y ofrecen una rentabilidad mayor que otros activos de deuda. Como podemos intuir, el nivel mayor de rentabilidad supone también un nivel de riesgo más alto. La condición que eleva su nivel de rentabilidad es el orden de prelación en caso de que la entidad quebrara y se liquidara, que en este caso sería después de los acreedores ordinarios. Por esta posición se la conoce también como deuda junior, por situarse por detrás de la deuda senior en el orden de prelación.
Algo similar a lo que ocurre con las participaciones preferentes, bien conocidas de algunos inversores. Las preferentes no otorgan derechos políticos al inversor (carece de voz y voto en la junta general); el pago de intereses pactado se condiciona a la obtención de beneficios del emisor; no tienen un vencimiento determinado, si bien el emisor suele reservarse el derecho de cancelación a partir del quinto año, y, en caso de quiebra o disolución, el inversor en preferentes se sitúa justo por delante de los accionistas, si los hay.
Con un nivel de riesgo más elevado que la deuda subordinada, los bonos convertibles contingentes, conocidos también como CoCos, son también instrumentos híbridos. Los CoCos son un tipo de bonos convertibles en los que su convertibilidad en acciones se condiciona a un hecho específico. El hecho que puede automáticamente iniciar su conversión puede ser la caída del nivel de capital Tier 1 de la entidad por debajo del mínimo establecido por los reguladores. También podría suspenderse el pago de sus cupones si este pago pudiera comprometer el nivel mínimo de recursos propios de la entidad. Pueden carecer asimismo de una fecha determinada de vencimiento.
Para el inversor, los CoCos son una buena opción para recibir un nivel de rentabilidad superior hasta llegar a su conversión. Pero hay que tener en cuenta que las contingencias que fuerzan la conversión suceden habitualmente cuando el nivel del capital del emisor desciende por debajo de determinado nivel. El inversor recibe el capital en forma de acciones, aumentando así su nivel de riesgo hasta el de un accionista, en ese preciso momento en que las cosas se ponen difíciles para el emisor.
Como contraposición a la deuda subordinada, la deuda senior la emite habitualmente un agente económico de la mejor calidad crediticia posible. Esta deuda sitúa a su poseedor por delante del resto (orden de prelación) a la hora de cobrar si ese emisor quiebra, al mismo nivel de los pagarés y sólo por detrás de cuentas, depósitos y cédulas hipotecarias. Es la deuda que pagará un tipo de interés menor frente al resto de tipos de deuda emitida por ese mismo emisor y, por tanto, de menor riesgo.
Dependiendo de si están o no respaldadas por un activo financiero, o colateral, las emisiones de deuda senior pueden ser aseguradas (secured) o no aseguradas (unsecured). En el caso de la deuda asegurada, el inversor tiene preferencia en el orden de prelación respecto a los inversores en deuda no asegurada. La deuda que responde de los activos y de los flujos de caja del emisor se corresponde con deuda no asegurada. Dependiendo de la calidad de los colaterales aportados, la deuda senior, especialmente la asegurada, puede tener mejor calidad crediticia que la del propio emisor, en función de la calidad de los colaterales aportados.
Paula Mercado, directora de análisis de VDOS