La CNMV sigue dando pasos para despejar dudas sobre lo que supondrá la implementación de MiFID II a partir de enero de 2018. El regulador acaba de publicar una guía sobre preguntas y respuestas de MiFID II que pretender orientar a todos los agentes del sector, es decir, tanto a usuarios, como distribuidores, entidades financieras y distribuidores.
Tal y como explica la institución, este documento llega tras “el contacto mantenido con las principales asociaciones del sector relacionadas con la prestación de servicios de inversión en los últimos años”. Su objetivo es identificar y recopilar las cuestiones de MiFID II que puedan plantear dudas o inquietudes sobre su interpretación con anterioridad a la entrada en vigor de esta Directiva.
Por lo tanto, y como es lógico, este último documento no tiene carácter normativo. Simplemente tiene como finalidad transmitir al sector y, en concreto, a las entidades que prestan servicios de inversión criterios de interpretación para una adecuada aplicación de las obligaciones que de acuerdo a la Directiva. De hecho, la CNMV apunta que “los criterios anticipados en este documento deberán ser objeto de revisión una vez se disponga de mayor información, tanto con respecto a la trasposición al ordenamiento jurídico nacional como en cuanto a la interpretación a nivel europeo de las cuestiones en discusión”.
La CNMV ha organizado la guía en diferentes áreas temáticas que abarcan: obligaciones de gobierno no productos; incentivos; incentivos en materia de análisis; conflicto de interés; requisitos generales de información a clientes; información imparcial, clara y no engañosa; información sobre la entidad y los servicios; información sobre los instrumentos financieros; información sobre la salvaguarda y uso de los instrumentos financieros; información sobre costes y gastos; asesoramiento independiente: información y definición; información periódica sobe el servicio de gestión de carteras; obligaciones de registros; evaluación de idoneidad y conveniencia; instrumentos financieros no complejos; depósitos estructurados; contratos con clientes; mejor ejecución; y conocimiento de competencias.
En concreto la guía aporta criterios sobre temas que han sido bastante debatidos en la industria, por ejemplo sobre si sería aplicable el régimen de incentivos en el caso de un modelo de distribución en el que se da una integración vertical. En este caso, la CNMV señala que, según establece la nueva regulación sobre incentivos, “no puede soslayarse mediante prácticas de integración vertical”. También hace referencia a aspectos menos vinculados con el modelo negocio y de carácter más operativo para las entidades, como qué hacer con las grabaciones de las conversaciones telefónicas o con las comunicaciones electrónicas, aspecto que ya deben haber trabajado internamente ante la entrada de la Directiva.
El documento completo ya se puede consultar en la web de la CNMV o a través de este link.