El último paso adoptado en el marco normativo de la Unión Europea en materia de financiación sostenible es la incorporación, desde el 2 agosto de 2022, de las preferencias de sostenibilidad en el test de idoneidad de MiFID II. Se trata de la Acción 4ª del Plan de Acción de Finanzas Sostenibles de la Unión Europea.
Según establece MiFID, los asesores deben realizar una evaluación de idoneidad antes de recomendar un producto de inversión. Esto implica en primer lugar conocer al cliente, conocer y evaluar sus conocimientos de inversión, su situación financiera, y sus objetivos de inversión. A continuación, implica conocer los productos de inversión, sus objetivos, riesgos, rendimientos, gastos aplicados, etc.
Teniendo en cuenta el perfil del cliente y de sus objetivos de inversión, el asesor podrá recomendar uno u otro producto adecuado.
Pero, además, desde el 2 de agosto de 2022, los asesores deberán añadir una nueva pregunta al test de idoneidad de MiFID II: «¿Tiene usted preferencias de sostenibilidad?». Si el cliente responde que NO, aun así, el asesor podría recomendarle un producto con un enfoque u objetivo sostenible, siempre que considere que es adecuado para el cliente. Si la respuesta del cliente fuera que SÍ tiene preferencias de sostenibilidad, comienza a partir de ese momento un conversación más detallada entre asesor y cliente, para profundizar en esas preferencias.
El cliente puede expresar sus preferencias de sostenibilidad de una de las tres formas siguientes o de una combinación de las tres:
1. La alineación de un producto con la taxonomía de la Unión Europea
2. Según el porcentaje de asignación de un producto a inversiones sostenibles, definido en el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles de la UE (SDFR, por sus siglas en ingles).
3. Por la consideración cualitativa o cuantitativa de los principales impactos adversos (PIAS), que son unos indicadores que pretenden recoger los efectos negativos materiales que las inversiones tienen sobre el medio ambiente y/o la sociedad.
El asesor debe dar una serie de pasos para la determinación de las preferencias de Sostenibilidad del cliente.
En primer lugar, el asesor debe determinar que opción de las tres o que combinación de las mismas prefiere el cliente. El siguiente paso sería:
Si se utilizase la opción de la taxonomía europea, se debe elegir un porcentaje mínimo o rango de alineación con la taxonomía.
Si se utilizase el porcentaje en Inversión Sostenible según el Reglamento SDFR, se debe establecer un porcentaje mínimo y valorar si el enfoque es Medioambiental, Social o de Gobernanza Corporativa.
Si se optase por los principales impactos adversos (PIAS), el asesor también debe establecer si el enfoque es Medioambiental, Social o de Gobernanza.
Los fabricantes de fondos de inversión deben comunicar los anteriores datos respecto a todos los productos de inversión que distribuyan, para que los asesores segmenten y filtren los productos ofrecidos a los clientes.
Si ningún producto de los disponibles coincidiese con las preferencias del cliente, el asesor deberá preguntar al cliente si está dispuesto a adaptar sus preferencias. Si la respuesta del cliente es SÍ, se reiniciará el proceso del test de idoneidad. Si la respuesta es NO, entonces no se puede vender un producto, a menos que se adaptasen esas preferencias del cliente.
En resumen, se deberán seguir los siguientes pasos en relación al test de idoneidad…
Los asesores seguirán teniendo que recopilar toda la información para evaluar la situación del cliente, su situación financiera, cuál es su nivel de conocimiento y experiencia, y sus objetivos de inversión.
El siguiente paso sería explicar al cliente qué son los factores ASG (medioambientales, sociales y de gobernanza) y las diferentes formas en que pueden expresarse.
Los asesores también deberían exponer la diferencia entre los productos con enfoque de sostenibilidad y los productos que no tienen ese enfoque.
Una vez establecido el escenario, los asesores pasarían a realizar la pregunta: ¿Tiene usted preferencias en materia de sostenibilidad?, Y en función de si la respuesta es sí o no, seguir los pasos indicados anteriormente.
Una de las herramientas clave a disposición de los asesores para ayudarles a filtrar y elegir los productos adecuados en función de las preferencias expresadas por sus clientes es la Plantilla Europea ESG (EET). En ella se reúnen todos los datos Ambientales, Sociales y Gobierno Corporativo (ESG) necesarios para que los distribuidores puedan tener en cuenta los requisitos normativos y dar respuesta a ellos. Aunque esta herramienta es voluntaria, podría llegar a ser el principal medio a través del cual los “fabricantes” de productos puedan informar sobre las tres opciones de preferencia de sostenibilidad en sus productos.
El reto que viene para las empresas de servicios de inversión es ayudar a los clientes a comprender el concepto de preferencias de sostenibilidad y explicar de una forma sencilla y clara la diferencia entre los productos con y sin características de sostenibilidad, evitando el lenguaje técnico.