Quedan pocas semanas para la finalización del año y la Organización de Consumidores y Usuarios recuerda a los contribuyentes obligados a declarar que todavía están a tiempo de seguir algunas recomendaciones para rebajar su próxima declaración. La OCU recuerda que, aunque tendrá lugar en la primavera de 2020, es ahora cuando conviene tomar decisiones que tengan relevancia fiscal.
En relación con la situación familiar, OCU señala la conveniencia de revisar las deducciones autonómicas y aplicar aquellas a las que tenga derecho. Las comunidades autónomas permiten deducciones por una serie de gastos como alquiler de vivienda, ayuda doméstica, gastos educativos o de libros. También existen deducciones cuando se dan algunas circunstancias familiares como ser familia numerosa, monoparental o el nacimiento de un hijo.
OCU recuerda la posibilidad de cobrar de forma anticipada determinadas deducciones familiares (descendientes o ascendiente con discapacidad, familias numerosas generales o de carácter especial, por padres separados con más de dos hijos) o por maternidad. Estas deducciones se pueden aplicar de golpe en la declaración de la renta o si se cumplen uno mínimos de cotización solicitar a la Agencia Tributaria su cobro repartido en cada mes.
Es recomendable donar a las mismas entidades cada año. Las donaciones a entidades públicas sin fines de lucro dan derecho a deducir el 75% de los primeros 150 euros y el 30% de las cantidades restantes. Ese porcentaje se eleva al 35% si se dona por un importe igual o superior más de dos años seguidos a la misma entidad.
Para ahorrar en el IRPF es posible cambiar el salario en metálico por retribuciones en especie (vales de comida, seguro de salud, cheque transporte, servicio de guardería) que están exentas de tributación con lo que se consigue pagar menos en IRPF. También ligados al salario hay determinados gastos laborales que son deducibles (cuotas sindicales, de colegiación obligatoria o gastos de defensa jurídica hasta un límite de 300 euros).
OCU recuerda la necesidad de comunicar a la empresa los cambios en la situación personal (nacimiento de hijos, divorcio, discapacidad, obligaciones de pensiones de alimentos) para aplicar la retención en la nómina más adecuada a la situación familiar. Del mismo modo advierte que para aquellos que reciben aportaciones de la empresa a planes de pensiones y estas pueden impedirle aplicar ciertas deducciones por superar el límite, pueden solicitar cambiar la aportación al plan por otra retribución exenta que no aumente la base.
Para los propietarios de inmuebles, OCU señala que aquellos que gozan de la deducción por adquisición de vivienda habitual, por haberla adquirido antes de 2013, pueden si dispone de capital suficiente amortizar de forma anticipada el préstamo hasta llegar al tope de 9.040 euros por declaración. De la misma forma, recomienda a aquellas personas cercanas a los 65 años y que estén pensando vender su vivienda habitual que esperen a cumplir esta edad para vender y de esta forma aprovecharse de la exención de la ganancia en el IRPF para los mayores de 65. Si se es dueño de una vivienda en alquiler, se pueden adelantar ciertos gastos del inmueble alquilado y reclamar los pagos del inquilino si lo hubiera para reducir la factura del IRPF.
Para los inversores, OCU recuerda que las aportaciones a un plan de pensiones hasta el límite de 8.000 euros reducen la factura del IRPF, sin embargo, recomienda que se elija un buen plan de pensiones con una rentabilidad adecuada y unas comisiones reducidas. Si ya se ha producido la jubilación y se cumplen determinados requisitos se pueden cobrar los planes de pensiones en forma de capital y con una reducción de tributación. También puede retrasar la venta de bienes para no tener más de 6.000 euros de ganancias y vender aquellas inversiones que se encuentran en pérdidas para compensar las ganancias.