La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado una Guía Técnica destinada a las instituciones de inversión colectiva (SGIIC) y las sicav autogestionadas sobre los criterios que deben aplicarse cuando se incluya en el folleto la designación de asesores que no sean profesionales o estén dentro de las entidades habilitadas conforme a la Ley de Mercado de Valores (LMV).
Esta Guía Técnica se ha elaborado después de un periodo de consulta pública, que finalizó el 14 de octubre de 2020 y durante el cual se recibieron comentarios de las entidades interesadas, y tras contar con un informe emitido por el Comité Consultivo de la CNMV. Además, este documento se encuentra entre las iniciativas incluidas en el plan de actuación de 2020.
En concreto, recoge los criterios que la CNMV considera que deben cumplirse y en general ha venido ya aplicando al ejercer sus actividades de registro y supervisión, así como sobre las obligaciones al respecto de la sociedad gestora o sociedad de inversión autogestionada.
Entre los requisitos que se establecen destaca como criterio “la comprobación de que el asesor cuenta con la debida honorabilidad, con conocimientos y experiencia adecuados en materia de inversión, así como los medios técnicos necesarios para el correcto desempeño de su actividad”. Y para ello propone a las instituciones de inversión colectiva (IIC) que se basen en un análisis previo que acredite estos aspectos antes de seleccionar al asesor. Además, insta a que la gestora o sicav autogestionada deberá evaluar si el asesor cuenta con los medios necesarios para el correcto desempeño de su actividad.
También es relevante que la Guía Técnica pone como criterio “el establecimiento de procedimientos de control sobre la actividad de los asesores no profesionales”. Este control serviría para prevenir y gestionar los posibles conflictos de interés, así como para garantizar que las recomendaciones del asesor se ejecuten cumplen la normativa vigente, la política establecidas en el folleto de la IIC y los límites de riesgos aprobados por el consejo de administración de la SGII o sicav autogestionada.
Además, la CNMV pone como criterio la formalización de la relación con el asesor en un contrato documentado por escrito y adecuada acreditación documental de todos los aspectos exigidos por la Guía Técnica.
“A efectos de facilitar y simplificar la tramitación de los expedientes, la CNMV pone a disposición de los interesados en su página web guías que detallan la información y documentos que se deben aportar al solicitar la inscripción de un asesor no profesional de inversiones de IIC, incluyendo modelos normalizados con instrucciones para su cumplimentación y con referencias a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a cada caso”, señala en la Guía Técnica.
Consulta el documento completo en el siguiente enlace.