La Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de México (CNBV), en sesión extraordinaria celebrada este lunes, aprobó la resolución de las modificaciones a las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, en los términos propuestos en materia de integración del capital neto, para efectos de lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Instituciones de Crédito, informó la CNBV en un comunicado.
Las modificaciones aprobadas son:
· Con base en los resultados obtenidos de los análisis realizados, se determinó un nuevo límite de 400 millones de UDIs para financiar las necesidades de capital de las instituciones de banca múltiple con base en obligaciones subordinadas (instrumentos de capital).
· Adicionalmente, para asegurar la eficiencia de dicho límite, se determinó que éste fuera permanente en congruencia con lo recomendado por el Comité de Basilea. Con esta modificación, las instituciones, a partir de 2016, podrán continuar reconociendo como parte de su capital regulatorio instrumentos de capital (emitidos a partir de 2013) hasta el monto mencionado, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en las Disposiciones.
La CNBV reafirma su compromiso para la construcción de un sistema bancario que cumpla con los requerimientos prudenciales como los establecidos por Basilea III, con el fin de contar con un sistema sólido y eficiente, que provea un mayor financiamiento y una mejor calidad de productos y servicios acorde a las necesidades de la población.