A partir del próximo mes de mayo, entrar o salir de Colombia con más de 10.000 dólares ya no será un problema para los viajeros de las aerolíneas ya que el Banco de la República ha eliminado este tope. Como consecuencia, las personas podrán entrar o sacar del país un monto indeterminado de divisas, sin correr el riesgo de que sean incautadas por las autoridades, siempre y cuando estas se declaren y se pueda comprobar su origen legal.
El secretario de la junta directiva del Banco de la República, Alberto Boada Ortiz, dijo que se mantiene la obligación de las personas de declarar las divisas que entran o salen del país cuando el monto supera los 10.000 dólares. Para esto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) seguirá facilitando el mismo formulario que se utiliza ahora. “Antes, si se tenían más de 10.000 dólares, las divisas adicionales deberían venir a nombre de la persona, a través de una transportadora de valores. Si no se utilizaba este mecanismo, quien transportaba las divisas consigo corría el riesgo de que se le aplicara un trámite administrativo de incautación”, declaraba el funcionario al diario Portafolio.
La decisión esta incluida en la Resolución 3 del 22 de febrero de 2013 expedida por el Banco de la República la cual contiene otras disposiciones cambiarias como la prohibición de tomar créditos, en moneda extranjera para capital de trabajo, de personas naturales no residentes en el país, y la orden de elevar el patrimonio a algunos operadores cambiarios.