La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) remite a la Comisión Europea un informe de asesoramiento en el que propone flexibilizar las obligaciones de costes y gastos para profesionales y contrapartes elegibles desde la entrada en vigor de MiFID II. Además, le entidad considera que se debe estudiar en profundidad el actual régimen de incentivos y los potenciales efectos de una prohibición total de percibirlos.
Sobre incentivos, ras la solicitud, el pasado 23 de mayo, de la Comisión Europea de un informe sobre obre cuestiones técnicas derivadas de la entrada en vigor de MiFID II, la autoridad europea recomienda estudiar el efecto del régimen de incentivos de MiFID II en la distribución de productos de inversión a clientes minoristas de la UE.
Asimismo, asegura que es necesario valorar los potenciales efectos de una prohibición total de percibir incentivos, una vez analizado los modelos implantados en los Países Bajos y Reino Unido. “Este análisis se debería realizar no solo sobre productos MiFID sino sobre todo tipo de inversiones destinadas a clientes minoristas”, subrayan desde la ESMA.
Por otro lado, el regulador europeo propone mejoras que ayuden a los clientes minoristas a comprender mejor el régimen de incentivos. En este sentido, propone que la información (ex ante y ex post) se detalle por instrumento financiero (ISIN), de forma que los clientes puedan entender claramente en qué productos la entidad obtiene mayor beneficio.
Además, considera necesario que las entidades estén obligadas a incluir una explicación, en términos sencillos, sobre los términos utilizados para referirse a incentivos (por ejemplo, pagos a terceros). De este modo, la ESMA propone la siguiente cláusula: “Los pagos a terceros son pagos recibidos por [nombre de la entidad o entidades] por la venta de este producto y forman parte de los costes en que usted incurre por el servicio prestado por [nombre de la entidad], aunque usted no pague esos costes de forma directa a [nombre de la entidad]”.
Asimismo, desde la ESMA recomiendan que las entidades indiquen a los clientes en qué servicios adicionales se beneficiarán como parte de la mejora de la calidad del servicio. Añaden que “la lista de servicios debería ser fácilmente accesible y actualizarse continuamente”.
Costes y gastos
Por otro lado, en lo referente a costes y gastos, la ESMA considera que este que régimen en MIFID II debería flexibilizarse para contrapartes elegibles y clientes profesionales. En primer lugar, “las contrapartes elegibles deberían tener la posibilidad de solicitar la exclusión del régimen de costes y gastos”, subrayan. En consecuencia, las entidades deberán llevar un registro de solicitudes de exclusión.
Además, independientemente de que soliciten o no la exclusión, para esta categoría de clientes, la ESMA recomienda que se elimine la obligación de proporcionar una ilustración con el impacto de los costes y gastos.
Al mismo tiempo, para los clientes profesionales, la autoridad europea aboga por flexibilizar las obligaciones para estos en función del servicio de inversión que se les esté prestando. No obstante, añaden que la consideración de cliente profesional per se o bajo solicitud no debería ser relevante a estos efectos.
En los servicios distintos de asesoramiento y gestión discrecional de carteras, la ESMA destaca que se debería permitir que estos clientes puedan solicitar la completa exclusión de las obligaciones de costes y gastos (ex ante y ex post). Para ello, “también las entidades deberán mantener un registro de las solicitudes y acordar contractualmente qué tipo de información sobre costes se enviará en su lugar”, aseguran.
Asesoramiento y gestión discrecional
Sin embargo, en asesoramiento y gestión discrecional de carteras, la ESMA descarta la posibilidad de la exclusión voluntaria y recomienda aplicar las mismas obligaciones que a clientes minoristas. “Para los clientes minoristas (y clientes profesionales o contrapartes elegibles que no opten por la exclusión voluntaria), el actual régimen de obligaciones se ha demostrado eficaz”, aseguran desde la ESMA. En este sentido, el regulador europeo propone una serie de medidas que refuercen este ámbito.
En primer lugar, incluir en el reglamento europeo algunos de los criterios definidos en sus documentos de preguntas y respuestas (Q&A). En particular, la ESMA considera que se deberían convertir en norma las respuestas referidas al nivel de agregación de los costes y gastos y al uso de un cuadro de costes y gastos.
Además, la autoridad europea sugiere modificar el artículo 50 del reglamento delegado para incluir la obligación de mostrar, junto a los costes totales, el desglose de costes por cada ISIN para cada cliente. Así, en el servicio de gestión discrecional de carteras, este desglose se presentaría solo a petición del cliente. Por último, la ESMA aconseja añadir la obligación de monitorizar diariamente las carteras de los clientes para calcular de la forma más precisa posible los costes en que estos incurren.
De forma complementaria, la ESMA considera necesario que, cuando la transacción se cierre por voz y no sea posible informar sobre costes y gastos ex ante con suficiente antelación, debería ser obligatorio proporcionarlos inmediatamente después de que se concluya la operación. Del mismo modo, recomiendan que todos los productos de inversión con características similares como, por ejemplo, los seguros de inversión estén sujetos al régimen de costes y gastos de MiFID II.
Por último, y en relación con el soporte duradero, la autoridad europea establece que el envío electrónico de información sea la opción predeterminada. “Solo se enviaría en papel a los clientes que no proporcionen su dirección de correo electrónico”, aseguran. Además, la ESMA considera que las políticas de mejor ejecución y conflictos de intereses no se deberían enviar en papel a los clientes dado que ya están disponibles en la página web de la entidad.
En este informe, el regulador europeo también incluyó los comentarios recibidos a la consulta que expuso el pasado 17 de julio para que los participantes del mercado pudieran dar su opinión acerca de estos asuntos.