La utilización de un seguro de vida de colocación privada o PPLI ( Private Placement Life Insruance) se comenzó a plantear en el Perú como una solución de planificación patrimonial como resultado de la normativa de Sociedades Extranjeras Controladas (CFC Ruling) que se promulgo el 31 de diciembre de 2013.
Desde entonces la mayoría de los estudios de abogados peruanos solventes están de acuerdo que el PPLI posee características únicas y debe ser considerado como una estrategia de planificación financiera para las familias de alto patrimonio en Perú. Los mismos han solicitado la asesoría de International Wealth Protection como especialistas en el área de seguros de vida. Después de asistir a muchas reuniones de planificación tributaria con clientes peruanos y su asesor fiscal, donde el seguro de vida de colocación privada fue un punto importante de discusión, en la mayoría de los casos se concluyó con una sensación de ambigüedad sobre el tema ya que dejaba abierta una pregunta que ha provocado muchas páginas de descargo de responsabilidad en cada asesoría de los abogados más reconocidos. “¿La autoridad fiscal peruana, la SUNAT (Superintendencia Nacional de Administración tributaria) respalda la ley según lo establecido por la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS)»?
Conociendo los beneficios incomparables del seguro de vida de colocación privada, que lo convierten en una solución viable y sostenible que ha demostrado ser efectiva en jurisdicciones altamente reguladas y gravadas como lo son Estados Unidos y Europa, en Internacional Wealth Protection decidimos poner los intereses del cliente primero y tomar los pasos apropiados para validar su reconocimiento legal directamente de la SUNAT. Estábamos consientes que lo que no fuera una respuesta totalmente favorable anularía la oferta tal como la conocíamos, debatimos la estrategia con opositores, pero al final decidimos proceder velando por los intereses del cliente peruano y la integridad de la industria aseguradora a largo plazo. La consulta a la SUNAT se enfocaría en el tratamiento fiscal de seguros de vida emitidos por aseguradoras extranjeras en lo que se relaciona a la indemnización pagadero a los beneficiarios residentes en el Perú y rescates realizados por el asegurado durante su vida.
El 2 de julio del 2018, un año después de que International Wealth Protection hiciera la consulta original con el apoyo de EY-Perú y la Cámara de Comercio de Lima, la SUNAT finalmente dio respuesta a cada consulta realizada, citando leyes específicas con una conclusión favorable.
La SUNAT confirmó que independientemente del origen de la compañía aseguradora, el beneficio por fallecimiento recibido por personas naturales residentes en el Perú no forma parte de la aplicación del Impuesto sobre la Renta peruano. En respuesta a la consulta sobre rescates parciales de un contrato de seguro de vida emitido por una aseguradora extranjera, la SUNAT confirmó nuestra interpretación de la ley, que el impuesto sobre la Renta peruano sería aplicable a las ganancias de capital realizadas en el marco de dicho rescate. Consecuentemente, al no realizar ningún rescate parcial sobre la póliza de seguro, las ganancias y rendimientos acumulados bajo la póliza estarían totalmente bajo el régimen de diferimiento fiscal.
Mientras muchos proveedores de seguros de vida de colocación privada destapan las botellas de champán y utilizan la respuesta a nuestra consulta (a la que se opusieron firmemente), International Wealth Protection continúa siendo cautelosa cuando colabora con sus asesores de confianza.
Asesoramos y recomendamos lo siguiente a quienes consideren la implementación para los residentes más adinerados de Perú. Asegúrese de involucrar a un experto que tenga la capacidad de:
- Respetar los dos elementos principales que permiten que el producto pase la prueba de «sustancia sobre forma», delegar el control de los activos e incorporar un componente de riesgo significante y con duración permanente
- Practicar la objetividad representando a varios proveedores y proponiendo entre 2 y 3 alternativas de productos para el cliente
- Transmitir la comprensión total de la solución, incluyendo las implicaciones transfronterizas
- Implementar productos a la medida de acuerdo con las características únicas de un cliente adinerado
- Comprender que este es un producto de nicho diseñado para los ultra-acaudalados y no es una oferta minorista
- Proporcionar flexibilidad de diseño, fijación de precios institucional y revocabilidad inmediata sin cargos de rescate
La incapacidad de proporcionar estos factores críticos es inconsistente con los estándares de la industria y puede inyectar vulnerabilidad en la transacción.
Reconociendo que «hacer lo correcto siempre es lo correcto», me complace el resultado de nuestro esfuerzo y me contenta enormemente compartir este gran logro con aquellos que pueden beneficiarse de él.
Para su información, la respuesta ahora se publica en el sitio web de SUNAT.
Mary Oliva es presidenta de International Wealth Protection