Un total de 54 países y territorios acuerdan el intercambio automático de información fiscal estandarizada en 2017 y acuerdan por primera vez y conjuntamente un calendario específico que servirá para conocer información de cuentas abiertas en 2015. España recibirá información, de forma periódica, automática y estandarizada, de cuentas bancarias situadas en territorios como Gibraltar. Los países impulsores de esta propuesta son Alemania, España, Francia, Italia y Reino Unido.
Este acuerdo es histórico por la fijación de un estándar global de intercambio de información y animan a más países a sumarse. Un total de 50 países y jurisdicciones de todo el mundo firmaron el pasado 29 de octubre de 2014 un acuerdo multilateral de autoridades competentes para el intercambio automático de información (IAI) sobre cuentas financieras. De ellos, 48 países y territorios lo harán desde 2017 y 2 más desde 2018. Otros seis países más se han comprometido (aunque no firmado) con el citado acuerdo, para 2017. La firma se produjo después de la reunión plenaria del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información Tributaria, celebrada en Berlín.
El acuerdo multilateral para el IAI es el resultado del proyecto puesto en marcha por Alemania, España, Francia, Italia y Reino Unido. El llamado G-5 envió en 2013 una carta al comisario europeo de Asuntos Fiscales mostrando su intención de avanzar en la extensión del IAI, siguiendo el modelo de acuerdo FATCA con Estados Unidos, en cuya elaboración intervinieron activamente. A partir de este proyecto del G-5, la OCDE aprobó el 17 de enero de 2014 un modelo de acuerdo sobre este sistema común y estandarizado de intercambio de información. Tanto este acuerdo, como el acuerdo político alcanzado en el Consejo ECOFIN de la UE del 14 de octubre de 2014 para establecer este sistema de IAI en el ámbito comunitario, supone un avance histórico y radical en materia de transparencia y control fiscal internacional en un escenario económico cada vez más global e interrelacionado. Además, el proyecto se mantiene abierto a nuevas incorporaciones que, con toda seguridad, se producirán en el futuro.
El ámbito de información a intercambiar mediante este sistema es muy amplio. En concreto, abarca todo tipo de cuentas financieras (depósitos bancarios, valores negociables, participaciones en fondos de inversión, seguros, rentas, etc.) e incluirá datos referentes a saldos, importes percibidos por rentas o transmisiones, así como la identificación de la persona o entidad titular y de quien efectivamente controle la cuenta.
En 2017 se iniciará el intercambio automático de información, con datos referidos a cuentas financieras que estén abiertas a finales de 2015 y a las cuentas que se abran con posterioridad a esa fecha. La información se intercambiará anualmente y de forma automática, es decir, sin necesidad de requerir a las autoridades fiscales extranjeras información referente a algún caso individualizado por haberse encontrado indicios de fraude. La Agencia Tributaria (AEAT) tendrá, por tanto, acceso a un sistema de intercambio de información automática y estandarizada de todo tipo de cuentas financieras. La adecuada explotación de la información que se reciba referente a contribuyentes residentes en España, en coordinación con otras iniciativas como la obligación de declarar bienes situados en el extranjero (modelo 720), supone un paso adelante decisivo en la aplicación efectiva del sistema tributario español, permitiendo ensanchar las bases imponibles declaradas y perseguir el fraude de aquellos residentes cuyas declaraciones fiscales no sean congruentes con los activos o rentas que tengan en el exterior. Asimismo, conllevará un aumento de los ingresos públicos que hará posible reducir la carga sobre los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones tributarias.
Los 54 países y jurisdicciones que se han comprometido a intercambiar información desde 2017 son los siguientes (seis de ellos no firmaron en Berlín): Alemania, Argentina, Barbados, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Colombia, Corea, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, India, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mauricio, México, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, San Marino, Seychelles, Sudáfrica, Suecia, Trinidad y Tobago, Curaçao, Groenlandia, Islas Feroe, las Dependencias de la Corona del Reino Unido de Guernesey, Isla de Man y Jersey, y los Territorios Británicos de Ultramar de Anguila, Bermuda, Gibraltar, Islas Caimán, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas y Montserrat. Los seis países y jurisdicciones de la lista anterior que no firmaron ese día, se han comprometido a intercambiar información desde 2017 son Barbados, Bulgaria, India, Seychelles, Trinidad y Tobago así como Groenlandia. Este acuerdo multilateral de 29 de octubre de 2014, llamado “La Declaración de Berlín” se puede ver en el siguiente link.
Asimismo, en cumplimiento del mandato de la cumbre del G-20 en San Petersburgo en 2013 se ha previsto un mecanismo de asistencia técnica a aquellos países que la requieran para aplicar el nuevo estándar de intercambio de información automática. España ha participado muy activamente y liderará un proyecto piloto para la implantación por Colombia del sistema de intercambio automático de información. También el G-5 ha mantenido una reunión en la que se ha debatido sobre cómo impulsar a nivel de la UE el proyecto de la OCDE contra la erosión de bases imponibles y la transferencia artificial de beneficios empresariales (BEPS). Sobre esta problemática ya se celebró un primer intercambio de opiniones en el Consejo ECOFIN del pasado 14 de octubre de 2014. Poco antes, el 16 de septiembre, la OCDE hizo público un primer grupo de recomendaciones sobre cómo hacer frente a este problema de forma coordinada a nivel internacional.
Demos la bienvenida a todo tipo de acuerdos entre países, como este “FATCA europeo” que limiten y hagan más difícil el fraude fiscal tanto de personas físicas como de personas jurídicas, tanto pequeñas como de las grandes multinacionales y que paguen sus impuestos en la proporción de la ley vigente de cada país y también que paguen sus impuestos proporcionalmente en cada territorio de donde obtiene los beneficios. Así no erosionaran las bases fiscales de aquellos países que más negocio y beneficio les están dando, y eviten por miedo a ser descubiertos, por una sanción económica contundente y por el desprestigio que conlleva, los muchos acuerdos privados para pagar menos impuestos que les ofrezcan países oportunistas que apenas les proporcionan negocio y beneficio por su actividad ordinaria.
Luis Hernández Guijarro. Asesor de Inversiones en Etica Patrimonios EAFI.