Los cambios para las EAFIs contemplados en el borrador de la ley que transpondrá MiFID II en España no gustan a su asociación. Entre ellos está el cambio de nomenclatura, que obligará a estas empresas a llamarse, a partir de enero de 2018 y si la ley definitiva así lo confirma, EAFs, en ver de EAFIs, es decir, sin la «i» final, para no confundir esta letra con la palabra independiente. La Asociación de Empresas de Asesoramiento Financiero (Aseafi) no está de acuerdo en que se modifique el acrónimo porque, defiende, «no genera confusión sobre el tipo de asesoramiento que prestan a los clientes y, además les supondría un grave perjuicio económico con importante gastos legales, corporativos y de gestión, a su juicio, totalmente innecesarios”.
Así lo ha indicado en un reciente comunicado y así lo hará saber Aseafi al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad a través de un escrito en el marco de la consulta del Anteproyecto de Ley del Mercado de Valores y el Real Decreto de adaptación reglamentaria a la Ley del Mercado de Valores.
Aseafi entiende que la “i” que se ha propuesto eliminar del acrónimo EAFI no genera ninguna confusión respecto a si el asesoramiento que se presta es independiente o no, puesto que la “i” es de financiero. Además, continúa, la ley se ha encargado de desarrollar las obligaciones de información de las entidades que presten el servicio de asesoramiento, y tendrán que informar por escrito al cliente de forma detallada.
Desde Aseafi recuerdan que durante estos años, las EAFIs han realizado una importante labor didáctica y un gran esfuerzo para dar a conocer las mismas y la actividad que realizan, apoyando el desarrollo del sector del asesoramiento financiero en todo momento. Por tanto, un cambio en la denominación, además de “innecesario”, es perjudicial, ya “que tendrán que dar explicaciones a sus clientes para que estén tranquilos respecto a que el cambio no afectará la relación que mantienen con ellos”.
Este cambio obligaría a todas las EAFIs a solicitar nuevas denominaciones al Registro Mercantil, redacción de los acuerdos societarios oportunos, elevación a público e inscripción en el Registro Mercantil y en la CNMV, cambio en la documentación legal, papelería, marketing, materiales corporativos… En definitiva, importantes gastos legales, corporativos y de gestión que se podrían evitar y que consideran que están totalmente injustificados.
Perjudicial para las EAFIs
Por otro lado, a la asociación le sorprende esta modificación de la ley, que no estaba incluida en la consulta pública del Anteproyecto de Transposición de la Directiva 2014/65/CE y que, insisten, será perjudicial para las EAFIs.
Asimismo, explican que en estos momentos el Colegio de Economistas utiliza el acrónimo EAF (Economistas Asesores Financieros), por lo que identificar a las EAFI con este nuevo acrónimo podría generar más confusión, perjudicando la labor realizada hasta la fecha por las EAFIs registradas de dar a conocer su labor, que nada tiene que ver con la de los economistas.
Además, recuerdan que otros países, como Reino Unido, que han incorporado la distinción entre la prestación de servicio de asesoramiento dependiente e independiente, no han obligado a sus EAFIs (llamados, IFA) a modificar su acrónimo, sin que se haya generado ninguna confusión al respecto.
Para la asociación, la trasposición de MiFID II a nuestro ordenamiento tendría que servir para potenciar la figura de la EAFI, que tiene como objeto social exclusivo la prestación del servicio de asesoramiento financiero, permitiéndoles mantener el acrónimo que llevan utilizando más de ocho años. A juicio de la Asociación, argumentos suficientemente relevantes para que se mantenga el acrónimo EAFI y “la reforma se centre en otras cuestiones relevantes tendentes a implantar en España el espíritu de la normativa europea”.