El pasado viernes 15 de abril tuvo lugar un debate-coloquio organizado por El Confidencial y Banco Sabadell sobre las sicavs y el riesgo de cambios regulatorios que podrían ponerlas en peligro como vehículos de inversión. El acto contó con la participación del diputado de Ciudadanos Francisco de la Torre, del presidente de Inverco, Ángel Martínez Aldama, del subdirector general y CIO de Banco Sabadell, Cirus Andreu, y del socio de iCapital Guillermo Santos Aramburo.
Nadie puso en duda la bondad de las sicavs como vehículo de inversión colectiva ni tampoco su encaje dentro de las IICs españolas. Eso sí, se puso de manifiesto la competencia existente por parte de Luxemburgo y el riesgo de cambio de jurisdicción por parte de numerosas sociedades de inversión españolas en caso de que un cambio de su actual régimen legal las haga poco eficientes para cumplir el objetivo principal de su existencia: la canalización del ahorro para dotarlo de una gestión profesional.
Uno de los principales mensajes del debate fue la equiparación de sicavs y fondos de inversión, recordatorio necesario dirigido a todos aquellos que dudan de su consideración como IIC. “La Directiva europea que regula ambas IICs es la misma e igualmente su ley de desarrollo en España. Las especificidades de las sicavs respecto a los fondos radican básicamente en el hecho de que se trata de sociedades anónimas cotizadas y por ello deben cumplir una serie de requisitos formales como el de los 100 accionistas y contables como los eventuales aumentos/reducciones automáticos de capital cuando se producen compras/ventas de acciones”, explica Santos Aramburo.
De ahí que también se insistiera en el dato de que ambas IICs, sicavs y fondos, son siempre abiertas y pueden ser adquiridas por cualquier inversor. Es más, como recordó Santos, las sicavs “son todavía más accesibles para los inversores desde el momento en que pueden ser adquiridas desde cualquier entidad, al contrario de los fondos que pueden tener un único comercializador o no encontrarse en plataforma alguna”.
El punto en que el diputado de Ciudadanos insistió fue en que la competencia de controlar el cumplimiento de requisitos legales de una sicav debía recaer en Tributos en lugar de en la CNMV, cuestión que los otros participantes en el debate no consideraron nuclear siempre que la regulación de las sicavs sea clara y su existencia no se vea constantemente puesta en duda por calificarlas de manera incorrecta como “vehículos para ricos”.