La Ley de Transparencia Corporativa (“CTA”) de los Estados Unidos fue aprobada por el Congreso de dicho país en 2020, como parte de una ley contra el lavado de dinero. Su objetivo era fortalecer el régimen contra el lavado de dinero, al aumentar la transparencia de las estructuras y la propiedad de las entidades.
Si bien su entrada en vigor estaba originalmente prevista para el 1 de enero de 2024, la realidad es que eso nunca sucedió de manera plena, básicamente por una serie de medidas cautelares que suspendieron tres veces su efecto y por la sensación generalizada de que, con Trump en el poder, tarde o temprano dicha ley sería derogada.
Hace apenas unos días, me sentaba a escribir acerca de los últimos acontecimientos que habían ocurrido en torno a la CTA y analizaba su incierto futuro.
Comentaba, por entonces, lo siguiente:
1) Que, a pesar de haber sido suspendida en tres ocasiones por decisiones judiciales, la obligación de reportar beneficiarios finales al Financial Crimes Enforcement Network (“FinCEN”) estaba nuevamente vigente;
2) Que, no obstante ello, la propia autoridad de aplicación se había ocupado de aclarar que, hasta que entrara en vigor una nueva regla interina y se anuncien nuevos plazos, no se impondrían multas ni sanciones ni se tomarían medidas de cumplimiento contra las empresas que no hubieran cumplido con los reportes;
3) Que FinCEN había indicado que planeaba emitir dicha regla interina antes del 21 de marzo de 2025; y
4) Que, adicionalmente a la emisión de la regla interina, FinCEN buscaría recibir opiniones del público sobre posibles cambios en los requisitos actuales de información y que dichos comentarios serían considerados en la redacción de una reglamentación definitiva, que se esperaba sea presentada más adelante en 2025.
Cerraba mis comentarios, que pueden chequear en mis redes sociales, con dos observaciones. El último fue más bien una premonición:
1) Decía que, si me preguntaban mi opinión profesional, creía que la extensión definitiva de los plazos actuales sería de al menos seis meses y, muy posiblemente, terminara siendo de doce meses; y que
2) Por supuesto, siempre existía la posibilidad de que, antes de que vencieran dichos plazos, este régimen se derogara en su totalidad y, por lo tanto, nunca llegase a entrar en plena vigencia.
Hoy, el panorama ha cambiado por completo y se confirma mi pronostico final: el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, al cual pertenece el FinCEN, ha anunciado que no se aplicarán sanciones ni multas relacionadas con la obligación de reportar información sobre la propiedad beneficiaria, y, además, se limitará el alcance de la normativa solo a extranjeros con sociedades que tuvieran actividad en los Estados Unidos.
El anuncio del Departamento del Tesoro marca, en la práctica, la defunción de la CTA tal como se conocía. Más allá de las múltiples suspensiones y de la incertidumbre que caracterizó su implementación, la decisión de no imponer sanciones y de reformular la normativa con un alcance mucho más restringido representa un giro drástico en la
materia, que estimo, terminará en la derogación de la norma o en un funcionamiento sumamente acotado, lo cual en la práctica es lo mismo.
Desde esta humilde tribuna, celebramos esta decisión, felicitamos al Departamento del Tesoro y esperamos que otras jurisdicciones, que actualmente avanzan en la elaboración de normas que atentan contra la privacidad individual, tomen nota y reconsideren sus decisiones.
El debate sobre transparencia y privacidad sigue abierto, pero al menos en Estados Unidos, la Ley de Transparencia Corporativa, tal como fue concebida, ha llegado a su fin.