La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), el órgano supervisor del sistema financiero de México, ha publicado las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Emisoras Simplificadas y los Valores Objeto de Inscripción Simplificada; estas reglas forman parte de la reforma a la Ley del Mercado de Valores, implementada para facilitar el acceso de las empresas a los mercados bursátiles.
De acuerdo con la CNBV, estas disposiciones fueron resultado de diversas mesas de trabajo en las que la participaron la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Banco de México, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), así como representantes de la Asociación Mexicana de Instituciones Bursátiles (AMIB). Los lineamientos permitirán que las empresas de menor tamaño, emisoras simplificadas, se listen ya sea en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) o en la Bolsa Institucional de Valores (Biva).
“Lo que hacemos es favorecer que las empresas de menor tamaño accedan al mercado de valores al crear las condiciones regulatorias que les permitirán participar mediante un proceso más rápido, sencillo y menos costoso, como son las emisiones simplificadas”, dijo la CNBV.
La nueva reglamentación se emite bajo el amparo de la Ley del Mercado de Valores y Sociedades de Inversión que se aprobó en diciembre del 2023. Asimismo, el gobierno federal busca a través de esta nueva legislación que se democratice el acceso al financiamiento y se favorezca a las empresas de menor tamaño.
Con las disposiciones publicadas, las empresas que quieran emitir títulos en el mercado bursátil podrán hacerlo bajo la modalidad de inscripción de valores simplificada. De acuerdo con la nueva legislación, estos valores sólo podrán ser comprados por inversionistas institucionales y calificados que conocen el riesgo de las inversiones en las que estarán inmersos.
Las emisoras simplificadas de acciones estarán sujetas a un monto máximo por emisión y acumulado por ejercicio social de hasta mil 250 millones de unidades de inversión (udis) y deberán adoptar la figura de Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión.
Según las disposiciones, existirán dos niveles de emisoras simplificadas: las de Nivel I, serán aquellas emisoras simplificadas de instrumentos de deuda sujetas a un monto máximo por emisión de hasta 75 millones de udis y por un monto acumulado por ejercicio social de hasta 900 millones de udis.
Las de Nivel II, serán aquellas emisoras simplificadas de instrumentos de deuda o valores respaldados por activos, cuyos montos máximos por emisión y acumulado por ejercicio social sean de hasta mil 250 millones de udis.
Las disposiciones señalan que los valores que podrán ser sujetos de inscripción simplificada son: acciones, CPOs, valores representativos de capital social de sociedades extranjeras, instrumentos de deuda, valores respaldados por activos, además de valores estructurados (cuyas características serán determinadas con posterioridad).
Beneplácito bursátil
En la comida anual de diciembre pasado, Jorge Alegría, director general de la BMV destacó que la nueva legislación tiene elementos promovedores de la llegada de PyMes al mercado mexicano, y externó su confianza en que detonará nuevas colocaciones ahora de empresas de menor tamaño.
El funcionario también indicó que es necesario atraer a los inversionistas como las family office, que tienen capital privado, los asesores independientes y desde luego las afores.
Por su parte María Ariza, directora general de Biva, dijo recientemente en un evento privado que la nueva legislación y sus reglas busca terminar con la sequía de llegada de empresas al mercado bursátil nacional, y con el desliste que se ha registrado en algunos casos. En el mercado accionario nacional desde el año 2016 no han llegado empresas y por el contrario se han deslistado más de 15 compañías.
Fue a principios de este año cuando se listaron los títulos del equipo de Beisbol Diablos Rojos del México en la BMV; sin embargo, no fue una Oferta Pública Inicial (OPI), lo que significa que la empresa no levantó capital.
Especialistas señalan que el mercado mexicano ha enfrentado el desliste de emisoras debido a las bajas valuaciones de las empresas y la baja liquidez de los valores cotizados, entre otros factores.
Es importante señalar que las bolsas de valores tendrán que ajustar sus reglamentos internos y las casas de Bolsa también deberán modificar sus manuales internos para incorporar las funciones, responsabilidades y facultades que les atribuyen las nuevas reglas para las emisiones simplificadas.
Asimismo, las emisoras simplificadas deberán contar con estados financieros dictaminados por un auditor externo independiente y tener como mínimo una antigüedad mínima de dos años de operación, entre otros requisitos para acceder al mercado de valores mexicano.