La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) ha emitido una resolución que exime a los valores extranjeros emitidos en Canadá, Colombia, México y Perú de la obligación de inscribirse en el registro para la oferta pública que tiene la SVS.
De esta forma, la SVS materializa los acuerdos suscritos con los reguladores de Canadá, Colombia, México y Perú, tendientes a facilitar la cotización de los valores de esos mercados en Chile, así como también, hace operativa la disposición contenida en el inciso segundo del artículo 189 de la Ley de Mercado de Valores y de la Norma de Carácter General N°352 emitida por la Superintendencia.
A partir de la Resolución Exenta N° 246 se podrán ofrecer públicamente en Chile los valores canadienses, colombianos, mexicanos y peruanos que cumplan con las condiciones mencionadas en la citada resolución, sin necesidad de inscripción en el registro de valores extranjeros de la SVS. Dichos valores podrán ser ofrecidos tanto dentro como fuera de bolsa, de acuerdo a lo establecido por las Normas 366 y 367, emitidas en julio pasado por la Superintendencia.
«Con esta medida, la SVS busca modernizar el mercado local de valores extranjeros, facilitando las condiciones para que éstos puedan ser ofrecidos públicamente en el país, y apoyar la iniciativas privadas de integración, como por ejemplo es el caso del Mercado Integrado Latinoamericano (MILA)», dijo el superintendente Carlos Pavez, tras firmar la resolución.
Agregó que esta resolución colaborará en fomentar la visibilidad del sector minero en el mercado de valores chileno, lo que debiera traducirse en una mayor participación de esa industria en la discusión y en la cultura financiera de nuestro mercado.