Y por fin llegó. La Comisión Europea ha presentado finalmente el paquete sobre la estrategia de inversión minorista de la UE (Retail Investment Package), con objetivos definidos de reducción de costes de los productos y de fomento de una mayor participación en el mercado por parte de los inversores minoristas.
Entre las medidas más destacadas aparece la prohibición a los incentivos en la venta de productos que no incluyan asesoramiento, esto es, operaciones de solo ejecución o de RTO.
Los incentivos se siguen permitiendo exclusivamente en el servicio de asesoramiento no independiente, siempre que se actúe en “mejor interés del cliente” (gama suficientemente amplia, productos eficientes en términos de costes, que no incorporen características adicionales innecesarias) vs. la anterior “mejora de la calidad del servicio”.
La dificultad en este punto para las entidades será distinguir qué operaciones se realizan en la cartera a iniciativa del cliente y cuáles por recomendación de la entidad y por tanto a qué clase de acciones se le debe dar acceso al inversor.
Asesoramiento independiente y gestión de carteras no sufren modificaciones.
Notable es también la mención a la creación por parte de ESMA de nuevos índices de referencia. Estos índices servirán, según la Comisión, para “garantizar la correcta relación entre coste y valor ofrecido”. Para ello, “las fábricas de producto” y los distribuidores de fondos y seguros IBIPS deberán comparar los costes de los productos versus los citados índices de referencia. En caso de disparidades graves estará prohibido ofrecer el producto a los clientes.
Por otro lado, los originadores de producto, como gestoras o compañías de seguros, tendrán que definir un “proceso de fijación de precios” que les permita “identificar y cuantificar todos los costes y cargos, y evaluar si comprometen el valor agregado esperado por el producto”.
Aspectos como la formación de los asesores, criterios de cualificación de inversores profesionales, evaluación de la idoneidad y conveniencia, advertencias en los productos de alto riesgo, o vigilancia de las comunicaciones y acciones de marketing, tienen mención especial en el texto de la Comisión.
Sobre la mesa
En cualquier caso, la prohibición total de las llamadas retrocesiones “sigue sobre la mesa”, según ha declarado la comisaria europea de Servicios Financieros, Mairead Mc- Guinness, eso sí, con la esperanza de observar si con estas medidas iniciales se propicia la mejora en el asesoramiento y los menores costes en los productos financieros y de seguros.
La industria actual tendrá que redefinir sus procedimientos de distribución y parece probable que el asesoramiento no independiente asuma un papel más relevante del que ha mantenido hasta la actualidad.
El impacto no va a ser menor para las entidades. El replantearse el modelo de negocio y relación con los clientes en base a los modelos de cobro y, por tanto, de acceso a unos productos u otros, tendrá repercusión en contratos, operativa, sistemas, clasificación e identificación de clases de acciones a ofrecer, “pricing” de los productos, propuestas de valor…
Es seguramente de los mayores cambios que tendremos que abordar tras la entrada en vigor de MiFID II, a lo que se suma la regulación de sostenibilidad, o la directiva de resiliencia operativa, entre otras normativas que nos impactan.
Los tiempos de aprobación por el Parlamento Europeo para su posterior aplicación nos van a dar cierto oxígeno, pero toca “ocuparse y no preocuparse”.
Todo cambio supone retos, pero también abre oportunidades de mejora, de eficiencia y de crecimiento. Si hemos aprendido algo a lo largo de los últimos años es que no podemos dejar de sorprendernos y que el regulador no dejará de cambiarnos el paso. Así que la capacidad de adaptación es clave y la anticipación es obligatoria.
Columna de Sonsoles Santamaría, directora general de negocio de Tressis
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