Son varios los cambios que han afectado a las empresas de inversión en los últimos tiempos en materia de remuneraciones. El 11 de mayo de 2022 la CNMV publicó su intención de adoptar las Directrices sobre políticas de remuneración adecuadas con arreglo a la Directiva (UE) 2019/2034 y el 21 de diciembre de 2022, dos directrices más, las Directrices sobre los ejercicios de comparación de las prácticas de remuneración y la salarial de género con arreglo a la Directiva (UE) 2019/2034 y las Directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración en virtud de la Directiva 2013/36/UE y la Directiva (UE) 2019/2034, todas ellas emitidas por la EBA.
En este artículo vamos a ir desgranando las principales implicaciones de las dos últimas directrices para las empresas de inversión en España. Es importante indicar que afectan tanto a empresas de servicios de inversión como a entidades financieras que ejerzan como empresas de servicios de inversión.
En cuanto a las directrices sobre los ejercicios de comparación de las prácticas de remuneración y la salarial de género con arreglo a la Directiva (UE) 2019/2034, regulan cómo los supervisores recopilarán la información que determinadas empresas de inversión han de remitir para comparar las tendencias en materia de remuneración, y su remisión posterior por los supervisores a la ABE.
Estas directrices afectarán a, al menos, las tres primeras empresas de inversión en España, garantizando la cobertura de, al menos, un 50% del volumen de activos del país, sin contar las filiales de otras empresas de inversión, ya que se recopilarán a efectos consolidados. Entendemos, por lo tanto, que la CNMV se pondrá en contacto directamente con las empresas de inversión seleccionadas.
Las empresas de inversión seleccionadas por la CNMV tendrán que remitir información adicional sobre remuneración de todo el personal del ejercicio anterior, información adicional sobre remuneración del personal identificado, información sobre excepciones e información sobre la brecha salarial de género, tal y como se recoge en los anexos de las citadas directrices.
El plazo para enviar la información será el 15 de junio del siguiente año (comenzando en 2022), excepto para la información sobre brecha salarial de género, que será el 15 de junio cada tres años, a partir de 2024, con respecto al ejercicio 2023.
Por último, en cuanto a las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración en virtud de la Directiva 2013/36/UE y la Directiva (UE) 2019/2034, se regula cómo los supervisores recopilarán la información que todas las empresas de inversión han de remitir a la CNMV sobre personas con alta remuneración, y su remisión posterior por los supervisores a la ABE.
Como hemos indicado anteriormente, estas directrices afectan a todas las empresas de inversión cuyo personal obtenga de forma unitaria remuneraciones totales brutas superiores a 1 millón de euros, es decir, incluyendo la remuneración fija y la variable. Por personal se incluirá, además de los asalariados, a los miembros del órgano de administración, sin especificar si aplica a los agentes.
Salvo que la CNMV lo exija expresamente (de momento no lo ha hecho), estas directrices no se aplican a empresas de inversión sin personal con alta remuneración.
Estas directrices se aplicarán a partir de 31 de diciembre de 2022 y derogan a las anteriores directrices de 2013 en la materia. La remisión de la primera información de las empresas de inversión a la CNMV correspondiente a 2022 será como máximo el 31 de agosto de 2023. Para los años siguientes, la remisión será, como máximo, el 15 de junio del siguiente año.
En conclusión, las directrices sobre sobre los ejercicios de comparación de las prácticas de remuneración y la salarial de género no afectan a todas las empresas de inversión sino que únicamente a las que la CNMV seleccione, por razón de tamaño, mientras que las directrices sobre el ejercicio de recopilación de información relativa a personas con alta remuneración afectan a todas las empresas de inversión con remuneraciones brutas anuales totales de alguno de sus empleados superiores a 1 millón de euros. Está por determinar por parte de la CNMV si se habilita un trámite específico para estos reportings o si, por el contrario, se remitirá en un documento en formato libre.
Tribuna de Alejandro Serrano, responsable de Cumplimiento Normativo de Entidades Reguladas de Auren