El Consejo de la CNMV ha acordado revocar la autorización concedida a Beka Values, Agencia de Valores, S.A., la rama con la que el grupo presta servicios a altos patrimonios.
Esta decisión, sin precedentes en el sector español de banca privada, se ha adoptado tras valorar las alegaciones de las partes interesadas, por concurrir causas de revocación previstas en la Ley del Mercado de Valores, cuyo origen han sido las importantes discrepancias entre los accionistas de la citada agencia, explica la CNMV en un comunicado.
«La existencia de un pacto entre accionistas, que de facto otorga la facultad de bloqueo a las partes en ausencia de consenso, ha devenido en la paralización de los órganos de gobierno y de la toma de decisiones que permitan garantizar la viabilidad de la entidad», cuenta el organismo en una nota.
La CNMV se refiere a las discrepancias surgidas entre el accionista mayoritario, Beka Finance, y el exconsejero delegado de la agencia de valores, José Luis Blázquez, dueño del 31,9% de las acciones de la sociedad. Blázquez fue destituido en 2021, cinco meses después de la constitución de la entidad y la obtención de la licencia de la CNMV, y tan solo dos meses tras haber empezado su actividad comercial.
Ante estas discrepancias, Beka había decidido aparcar la agencia de valores y reorientar su actividad hacia un proyecto de multifamily office, que prevé lanzar en 2023. Contactado por Funds Society, en el grupo han declinado hacer declaraciones sobre la decisión de la CNMV.
Tras la revocación, queda aún pendiente el resultado de la investigación que la CNMV tiene abierta desde hace 11 meses a Beka Values y que afecta no solo a los órganos sociales de la sociedad, sino también a otros hechos acontecidos desde antes del cese anómalo del consejero delegado, bajo una acción social de responsabilidad, y cuya demanda no ha sido recibida aún por Blázquez, según ha comunicado el experto a este medio.
También queda pendiente la investigación del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno sobre la resolución de la investigación citada requerida por el exconsejero delegado. Este proceso se resolverá próximamente en el Juzgado de lo Mercantil y en el Tribunal arbitral en los próximos meses.
Decisión histórica
Es la primera vez que la CNMV toma una decisión de este tipo, y por causas de gobernanza: en el pasado, el supervisor había revocado autorización a firmas de asesoramiento (EAFs), por causas relacionadas con falta de fondos o insolvencia, pero nunca había tomado una decisión de este calado.
La revocación tiene un impacto muy limitado en los inversores, dado que la agencia de valores tiene un número muy reducido de clientes, no estaba habilitada para mantener en depósito los valores de sus clientes, ni podía mantener fondos en cuentas instrumentales y transitorias a nombre de estos, por lo que el impacto se limitará a que la agencia deberá rescindir los escasos contratos que tiene con clientes.
Asimismo, la revocación no afecta al resto de entidades del grupo financiero al que pertenece Beka Values, Agencia de Valores, S.A., puesto que es la única entidad donde participan conjuntamente los accionistas discrepantes, aclara la CNMV.
El núcleo duro del grupo sigue siendo la banca de inversión, y también la gestión de activos, área en la que Beka se ha fortalecido con la compra de la gestora Trea Asset Management y Haya Titulización, sin olvidar su negocio de fondos ilíquidos -con deuda privada, agricultura e inmobiliario- y su bróker HeyTrade.
Disconformidad del exconsejero delegado
El exconsejero delegado y accionista minoritario de Beka Values, José Luis Blazquez, en conversaciones con Funds Society, muestra su disconformidad con los motivos alegados por la CNMV para revocar la licencia «dado que el Consejo de Administración, máximo organo de gestión de la compañía, está formado íntegramente por representante de Beka Finance, de forma que ha podido operar y actuar sin ningún obstáculo. Es decir, la razón de la situación económica de la sociedad no son las discrepancias en Junta de Accionistas, sino la falta absoluta de actividad desde mi cese».
«La intervención de la CNMV, en su caso, debería haberse producido mucho antes, a la vista, como digo, de la más que evidente ausencia de ejercicio y desempeño de la actividad de la sociedad (art. 160 TRLMV) durante más de un año, lo que, con seguridad, habría evitado llegar hasta el lugar donde nos encontramos ahora», advierte Blázquez, a la espera de próximas resoluciones oficiales.