Los fondos que provienen del Next Generation EU se han convertido en la mayor y más clara oportunidad para convertir a Europa en una sociedad más ecológica, digital y resiliente, 750.000 millones de euros podrían llevarnos a ello. España no es ajena a esta oportunidad, y ha presentado una estrategia para canalizar los 140.000 millones de euros que provienen de Europa hacia proyectos que coadyuven a aumentar la productividad, la ecología, la digitalización, la inclusión, la cohesión social y territorial, y la igualdad de género.
De los principales requisitos que deberán cumplir los proyectos que opten a financiación a través de estos fondos es asegurar el cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH, por sus siglas en inglés). Este principio proviene del desarrollo de la Taxonomía Ambiental EU y gira alrededor de los seis objetivos medioambientales de la Unión Europa.
El principio DNSH tiene como objetivo garantizar que una actividad y/o proyecto que contribuye sustancialmente a un objetivo ambiental, no afecte negativamente a uno o varios de los seis objetivos medioambientales. El principio ha sido recogido en el artículo 5 del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), el cual establece que “el Mecanismo solo apoyará aquellas medidas que respeten el principio de “no causar un perjuicio significativo” a los objetivos medioambientales”. En consecuencia, la aplicación del principio DNSH deberá ser demostrada para toda inversión o proyecto sobre el cual se solicite financiación.
¿Qué implica el cumplimiento del principio DNSH en el contexto de los fondos Next Generation EU? Implica que la Administración, como parte de su proceso de evaluación, exigirá a las entidades solicitantes de ayudas la demostración del cumplimiento de dicho principio. ¿Cómo demostrar el cumplimiento del principio DNSH? Las entidades solicitantes deberán realizar una autoevaluación de los proyectos que presenten ante la Administración. Para realizar esta evaluación las entidades podrán tomar como referencia las guías sobre DNSH emitidas a nivel europeo y local.
¿Por qué es importante validar por un tercero independiente el cumplimiento del principio DNSH?
La Administración, para determinadas convocatorias, puede exigir que la autoevaluación realizada por la entidad solicitante sea revisada por un tercero independiente, el cual deberá emitir un dictamen que valide la autoevaluación, esto para garantizar que las conclusiones de la autoevaluación son razonables y cuentan con una justificación técnica sólida.
El criterio de revisión externa en finanzas sostenibles ha cobrado especial relevancia en los últimos años. El crecimiento abrumador de la temática ESG y su vinculación con las finanzas sostenibles viene acompañado de un riesgo latente: el greenwashing. En este sentido, la revisión externa juega un papel relevante para asegurar que las inversiones sobre las cuales se declara una contribución ambiental sustancial realmente cuentan con una justificación técnica sólida que avale dicho análisis. Una revisión externa deberá estar soportada en la independencia y en el conocimiento científico, dos pilares fundamentales para emitir una opinión que genere confianza.
La magnitud de los fondos Next Generation EU representan una gran oportunidad para movilizar capital hacia aquellas actividades que generen una contribución ambiental sustancial a uno o varios de los objetivos ambientales. Por este mismo motivo, la debida diligencia deberá ser máxima para salvaguardar una asignación de fondos que responda al espíritu y el objetivo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, evaluando la afección de toda la vida del proyecto financiado, esto es considerando sus impactos directos e indirectos desde una etapa ex ante y, esperemos, hasta una etapa ex post.
¿Cómo se lleva a cabo la validación DNSH?
EQA lleva a cabo un proceso de validación sobre la autoevaluación del proyecto realizada previamente por la entidad solicitante. Considerando que el principio DNSH pivota sobre seis objetivos medioambientales, el informe de validación deberá emitir un dictamen sobre el análisis llevado a cabo alrededor de estos seis objetivos medioambientales, garantizando que el análisis contiene una justificación razonable y una base técnica sólida. Asimismo, el informe de validación también deberá contemplar un dictamen global sobre el cumplimiento del principio DNSH de las actividades del proyecto. Los criterios a utilizar para el proceso de validación deberán ser los establecidos en el reglamento del MRR, el reglamento de Taxonomía y las guías técnicas aplicables.
Definitivamente una oportunidad para demostrar, hacer y generar un cambio.