Esta campaña de la renta trae una importante novedad: aquellos ciudadanos que posean o hayan realizado canjes o venta (reintegro) de cualquier tipo de criptomoneda deberán tributar en su declaración por dicha alteración patrimonial, tal y como recoge la Ley 11/2021 sobre medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
«El concepto central del mundo de las criptomonedas y las finanzas descentralizadas es no tener necesidad de intermediarios, porque el banco somos cada uno de nosotros», explica. Por ello, el experto insiste en que es nuestra responsabilidad informar a Hacienda de cada uno de los movimientos tributables. Y la institución deja al contribuyente la responsabilidad de llenar las nuevas casillas correspondientes de la declaración de la renta con los resultados de cálculos dignos del big data.
«La acción de pagar a la sociedad por el bienestar personal y colectivo debería ser natural y sencilla de acometer. Siendo el mundo cripto un instrumento democrático, debería ser acorde a esta característica también la tributación. Sin embargo, el hecho de pagar se convierte en una verdadera pesadilla fruto de reglas poco comprensivas de la situación real y que obligan a una forma de cálculo que necesita una mezcla de excel, software, pantallazos y cálculos intrincados que complican de manera inopinada el cumplimiento de la reglamentación fiscal española», critica.
Además, señala que asistimos a una situación nueva donde los contribuidores saben más que la institución fiscal. «Esta última tiene dificultad para metabolizar la evolución permanente de un sector en continua expansión. Esto es evidente, por ejemplo, en la adopción del método FiFo para el pago de tributos ligados a la compraventa de criptomonedas. Un sistema que poco se adapta a la realidad de los inversores cripto», apunta.