La CNMV somete a consulta el código de buenas prácticas para inversores institucionales, gestores de activos y asesores de voto

Periodo transitorio de 3 años

Fecha:

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Autor: Funds Society, Madrid

El código está dirigido a los inversores institucionales y a los gestores de activos con sede en España, aunque también lo pueden aplicar inversores o gestores de otras jurisdicciones

Se contempla la posibilidad de que otras entidades (compañías de seguro y reaseguros de no vida; fondos de pensiones distintos de los de empleo y las sociedades gestoras de los fondos de pensiones, sociedades holding o de cartera, grupos familiares y otros inversores privados u otras entidades similares) puedan adherirse

La adhesión al código es voluntaria pero las entidades que hayan decidido adherirse deberán indicar en su informe anual cómo han aplicado los distintos principios en el ejercicio anterior; y tienen 3 años de transición

El código cuenta con 7 principios, entre los que están la necesidad de invertir y contar con una estrategia a largo plazo, el conocimiento y seguimiento de las empresas en las que se invierte o el desarrollo y publicidad de la política de implicación

El principio 6, relativo a la política de gestión de conflictos de intereses, debe aplicarse desde el inicio, por ser consustancial con la operativa de cualquier inversor o gestor