El pasado 29 de abril, la ESMA envió la guía técnica sobre aspectos relacionados con la protección al inversor minorista a la Comisión Europea. La guía técnica tiene como objetivo responder a la consulta de la Comisión Europea, del pasado 27 de junio de 2021, sobre tres temas principales: requisitos de información, requisitos de información digital y herramientas y canales digitales, analizan desde finReg 360.
Requisitos de información
La Comisión Europea pidió asesoramiento a la ESMA en aspectos relacionados con la identificación de diferencias relevantes entre los requisitos de divulgación de información incluidos en MiFID II y sobre los PRIIP. Además, solicitó el criterio de este supervisor sobre qué se considera información vital para el inversor minorista y las mejores formas de asegurar que los inversores entienden y reciben la información relacionada con los productos y servicios.
Sobre la divulgación de información, la guía técnica incluye las recomendaciones y conclusiones de la ESMA respecto a los puntos planteados.
Legibilidad mecánica y soporte duradero: la ESMA ha recomendado modificar los artículos 66.3 y 47.1 del reglamento delegado de MiFID II, para que no se requiera a las entidades que entreguen a sus clientes las políticas de conflictos de intereses y mejor ejecución, al estar accesibles en la web de la entidad.
En cuanto a la legibilidad mecánica de la información divulgada a los clientes, ha aconsejado adaptar los requisitos de MiFID II. La ESMA defiende que esto aumentará la competitividad entre las entidades, la experiencia del inversor minorista, y la ayuda a las autoridades nacionales competentes (ANC) en la supervisión de las obligaciones de divulgación.
Formato estandarizado: la autoridad europea también ha recomendado a la Comisión actualizar los requisitos de MiFID II para que ella desarrolle un formato estandarizado europeo para la divulgación de la información sobre costes y gastos.
Comunicaciones comerciales: MiFID II incluye entre sus requisitos que las comunicaciones comerciales sean claramente identificadas como tales y que sean acordes con cualquier otra información que las entidades den a sus clientes sobre inversiones y servicios auxiliares.
La ESMA propone las siguientes mejoras en este apartado: incluir la definición de comunicaciones comerciales en MiFID II; insistir en que la publicidad online también abarca mensajes privados a los clientes y potenciales clientes por las entidades a través de redes sociales, tanto si lo emite la propia entidad o terceros (influencers). Por tanto, pueden considerarse comunicaciones comerciales. Por último, modificar el artículo 69.2(k) de MiFID II para aclarar que las ANC están facultadas para tomar las medidas necesarias contra prácticas comerciales engañosas. Asimismo, ha recomendado extender estas competencias a la propia ESMA e incluir en MiFID II un mandato explícito a la ESMA para desarrollar directrices sobre este tema concreto.
Información vital: la ESMA también ha recomendado que entre la información regulatoria que se divulga a los inversores minoristas se recoja un conjunto de información fundamental (vital information) básica, que sea clara y enfocada a informar a los clientes de un vistazo sobre las características esenciales del producto o servicio; y se considere que esta información no reemplace los requisitos actuales de divulgación de información, sino que se integre como parte de la las obligaciones de divulgación.
En este sentido, sugiere que se considere como información fundamental las características y objetivos claves del producto; la información sobre riesgos; y la totalidad de costes y comisiones.
Información sobre costes y gastos: la ESMA ha aconsejado que se equipare en MiFID II la divulgación de información sobre costes y gastos con la divulgación de los costes en el KID de los PRIIP.
También considera recomendable que, tanto en MiFID II como para los PRIIP, se utilicen los mismos principios y métodos para calcular los costes transaccionales y otros costes accesorios. Para ello, es conveniente aclarar el artículo 50.2 del reglamento delegado de MiFID II.
Requisitos de información digital
La Comisión Europea, en este apartado, quería conocer la opinión de la ESMA sobre los beneficios de divulgar la información en un formato digital adecuado para el inversor minorista. La ESMA ha centrado sus recomendaciones en los siguientes aspectos:
Divulgación de información digital: los principios de MiFID II sobre divulgación de información son aplicables a la prestación de servicios de inversión y servicios auxiliares, al margen del canal y de los medios de comunicación.
Pero, debido a las diferencias entre los canales, la ESMA ha recomendado que se incluya en MIFID II un mandato expreso para que ella desarrolle unas directrices específicas sobre los requisitos de información digital y el uso de técnicas y herramientas digitales por las entidades y la indicación de que ese mandato sea aplicable a todas las prácticas digitales de participación que usan las entidades. Así como que se actualicen el texto y el enfoque de algunos actos delegados de MiFID II para que queden ajustados a los principios del mandato de la ESMA.
Advertencias de riesgo: respecto a las campañas agresivas de marketing online que llegan a muchos potenciales clientes, como las desarrolladas en redes sociales, existe el riesgo de que los potenciales inversores no estén correctamente informados.
Por ello, el supervisor ha recomendado que se incluya en MiFID II que las ANC y la ESMA puedan imponer a las entidades el uso de advertencias de riesgo para instrumentos financieros especialmente complejos o de alto riesgo, para informar correctamente a los inversores minoristas.
Herramientas y canales digitales
En relación con las nuevas herramientas y los canales digitales que han ido surgiendo en los últimos años y que están promoviendo cambios en el sector de las inversiones, la Comisión Europea ha pedido recomendaciones a la ESMA sobre los riesgos y oportunidades de la inversión minorista a través de nuevas herramientas y canales online, como, por ejemplo, los roboadvisors o gestores automatizados; la apropiación de los requisitos regulatorios actuales al pago por flujo de órdenes (PFOF, por sus siglas inglesas, de payment for order flow); y los riesgos y oportunidades de tener un sistema de finanzas abiertas.
En este sentido, la ESMA ha considerado lo siguiente: en primer lugar, que el mercado de roboadvisors crece lentamente en Europa y no sería necesario incluir cambios en MiFID II por este tema. El actual marco legal es apropiado y no supone barreras al crecimiento de este modelo de negocio.
Además, considera que los PFOF de terceros deberían prohibirse en modificaciones de MiFID II y así completar la propuesta legislativa en la revisión del MiFIR. Esta consideración es consecuencia de las preocupaciones de los inversores derivadas de los análisis realizados por la ESMA.
Por último, que las finanzas abiertas en Europa podría traer beneficios, si bien presentan riesgos relevantes que se deberían contemplar en el desarrollo legislativo. Así se incrementaría la competencia entre las entidades; se beneficiarían los inversores de mejores productos, servicios y costes al invertir; y se esperarían riesgos como la propagación de datos de los clientes y su posible mal uso por las entidades.
En conclusión, la guía técnica de la ESMA recomienda: desarrollar unas directrices sobre los requisitos de información digitales y los usos de técnicas y herramientas digitales; nivelar los requisitos de información entre la normativa de los PRIIP y MiFID II; y seguir de cerca las novedades legislativas relacionadas con las transformaciones digitales del sector y su evolución.