La regulación en torno a la inversión sostenible es una carrera de relevos, ya que se va modificando y actualizando según las necesidades que detectan los reguladores. Por ahora, una de las metas que tienen en la mente las gestoras es el 2 de agosto de 2022, día en el cual los distribuidores y asesores necesitarán ser capaces de ofrecer carteras ESG aptas para MiFID II a los clientes con preferencias por la sostenibilidad.
El gran catalizador de la regulación de estos últimos años responde al compromiso político por parte de los países, en particular la Unión Europea, pero también a que los clientes están pasando a la acción. Desde Nordea AM destaca que la “sostenibilidad está en lo más alto de la agenda”. Según los datos de su última encuesta, el 89% de los encuestados considera que la sostenibilidad es un tema que la sociedad debe abordar y un 77% cree que sus decisiones de inversión pueden tener una influencia importante en ello.
Esta declaración de intención tiene una traducción práctica, ya que el 76% de los inversores encuestados reconoce que ha aumentado su exposición a inversiones ESG en los últimos 12 meses. “Para los inversores más jóvenes, lo que más les importa es la parte social de sus inversiones y las oportunidades de inversión en la parte de derechos humanos”, explica Lorenzo González, director de ventas institucionales de Nordea AM.
En su opinión, en este encaje entre los intereses del inversor, la regulación y la ISR, los asesores financieros tienen un rol central, ya que se les considera la fuente más importante de información ESG. Según los datos de su encuesta, el 97% de los clientes percibe que el nivel de conocimiento de su asesor es bueno o muy bueno, y un 31% como muy bueno. González considera que se han convertido en un elemento clave a la hora de enfrentarse a los tres principales obstáculos de la inversión ISR: la falta de experiencia, la falta de información y la falta de productos atractivos.
¿Qué ha facilitado la normativa?
En opinión de Cristian Balteo, especialista senior de producto en Nordea AM, la normativa trata de aumentar la transparencia y limitar el greenwashing, reforzando así la confianza del inversor y que los productos se alineen con sus intereses. “De cara al inversor, la entrada en vigor del reglamento SFDR en la Unión Europea ha hecho una diferenciación muy clara entre inversiones que son sostenibles, bajo el artículo 9; aquellas que tiene características ESG, contempladas en el artículo 8; y otros productos financieros, contemplados en el artículo 6”, resume el experto.
De cara al próximo año, el reto que tendrán los asesores financieros y los distribuidores de fondos es adecuarse a los cambios que habrá en MiFID II y que entrarán en vigor a partir de agosto de 2022. “Los asesores tendrán que determinar si el cliente tiene preferencias en materia de sostenibilidad. Y si la respuesta es sí, puede ofrecerles únicamente productos adecuados para clientes con preferencias de sostenibilidad. Por lo que deberán confeccionar listas de productos aptos. Por su parte, las gestoras deberán cribar y revisar sus productos”, señala Balteo.
La complicación reside, según el experto, en que no siempre los productos que cumplen con el artículo 8 del reglamento SFDR son los requerimientos que se van a establecer en la revisión de MiFID II. “Sería esperable que entre MiFID II y el reglamento SFDR hubiera cierto alineamiento. Pero lo que vemos es que solo los fondos bajo el artículo 9 serían aptos, pero los que estén bajo el artículo 8 no tienen por qué. Esto ocurre porque MiFID II se centra más en cómo es la estrategia del producto y no tanto con una clasificación”, explica.
En concreto, MiFID II exigirá que los fondos cumplan alguno de los tres requerimientos para ser ofrecidos a un inversor sostenible. Estos requisitos son: proporción mínima de inversiones sostenibles; proporción mínima de inversiones alineadas con la taxonomía; y reflexión sobre las PIA (Principales Incidencias Adversas), en las que el cliente establece los elementos empleados para validar la reflexión. “El tema central estará en ver en qué medida los fondos bajo el artículo 8 del reglamento SFDR cumplen esos tres requisitos cuando el inversor indique en su test de idoneidad que quieren incluir inversiones sostenibles en su cartera”, añade Balteo.
Por último, el experto destaca que un cambio positivo tiene que ver con las PIA. Según indica, “esto ha provocado que las gestoras oficialicen cómo están integrando la ESG en los fondos. Miden cuantitativamente el impacto de su ESG en aspectos concretos y obliga a reportar el impacto adverso. Además, tener esos datos te lanza a hacer un buen trabajo de engagement con las compañías”. Y destaca que en Nordea AM han montado una “maquinaria” para reportar ese impacto año a año.