La regulación española de fondos y planes de pensiones en materia de inversión responsable es muy pobre. Actualmente, no existe un cuerpo normativo que regule estos temas en las instituciones de inversión colectiva (IIC), aunque sí una circular al respecto que está en proceso de actualización, mientras en el ámbito de las pensiones privadas, la próxima reforma de la legislación vigente dará algunos pasos adelante a la hora de implantar obligaciones de información para los productos que tengan criterios de este tipo, pero solo en los planes de empleo y dejando al margen los individuales.
En los vehículos de inversión colectiva, y aunque no hay una legislación específica, sí existe una iniciativa que puso en marcha Inverco en 1999, una circular que dicta los requisitos para que una IIC pueda utilizar la denominación de ética, ecológica o cualquier otro de los aspectos de la responsabilidad social, según explicó Javier Fresno, subdirector de Autorización y Registros de la CNMV, en el marco del IV Evento anual de Spainsif (la asociación que promueve la ISR en España).
Los requisitos que estableció Inverco en 1999 para que un fondo utilice este terminología son varios. En primer lugar, en la política de inversión debe incluirse el carácter ético de la IIC, así como los criterios para la inclusión o exclusión de los valores en cartera. En este sentido, el universo invertible del vehículo debe estar determinado por una comisión ética en el seno de la sociedad gestora pero integrado por miembros independientes y con experiencia o proximidad con ese ideario. Esta obligación no se aplica en el caso de fondos que únicamente inviertan en valores ya incluidos en índices éticos. Otro requisito se refiere a la información y publicidad: la circular exige que en los mensajes publicitarios se inserte una nota que remita al folleto para informarse de los criterios de inversión responsable. Además, en la información trimestral del fondo se deben incluir de forma resumida todas las informaciones relevantes sobre el ideario ético del vehículo.
Preguntado sobre la forma en que la CNMV está fomentando la inversión con estos criterios, Fresno reconoció que tras 14 años, es posible que la situación haya cambiado y por ello afirmó que “quizá la CNMVdebería hacer un esfuerzo por mejorar la información que se incluye en los folletos”. Fresno apuntó a una próxima modificación del KID o documento simplificado de información (DFI) para incluir ahí la información relativa a la ISR. Además, desveló que actualmente Spainsif trabaja con Inverco en la actualización de la circular y para tratar de fomentar la ISR minorista, no solo en el ámbito institucional.
Actualmente existen en España solo 13 fondos catalogados como éticos, pertenecientes a nueve entidades diferentes y con cerca de 200 millones de euros en activos, algunos de los cuales cuentan con comisiones independientes ligadas, por ejemplo, al ideario de la iglesia católica, y otros carecen de ellas porque siguen índices. Además, siete de ellos son solidarios, puesto que destinan parte de la comisión de gestión cobrada a una o varias ONG o iniciativas de carácter social para ayudarlas en su labor diaria. Los fondos de inversión socialmente responsable (ISR) eran, al término del primer semestre del año, más rentables que el conjunto de la industria de fondos española, según un documento elaborado por Santander Asset Management para Spainsif. Además de estos fondos, también hay vehículos de capital riesgo que ponen atención a la responsabilidad social.
Normativa europea a la que pueden acogerse los fondos españoles
Como normativa adicional que afecta a los fondos españoles, en julio entró en vigor el reglamento sobre fondos de emprendimiento social europeos, de aplicación directa. Los fondos españoles pueden acogerse a ella. Los fondos sociales, para serlo, tendrán que invertir al menos el 70% de su patrimonio en activos aptos, que son empresas no cotizadas que tengan como objetivo primordial la consecución de un impacto social positivo y medible (por ejemplo, que proporcione servicios o bienes a personas vulnerables, marginadas, desfavorecidas o excluidas, emplee un método de producción de bienes o servicios que represente su objetivo social, o proporcione ayuda financiera exclusivamente a las empresas) y utilice sus beneficios principalmente para la consecución de su objetivo social. Su comercialización está dirigida al inversor profesional que se comprometa a invertir un mínimo de 100.000 euros y que declare por escrito, en un documento distinto del contrato relativo al compromiso de inversión, que es consciente de los riesgos. Además de este reglamento, está pendiente la transposición de la Directiva de Gestión alternativa a la normativa española, que también hará mención a esos fondos, según explicó Fresno.
La ISR en las pensiones privadas
En fondos y planes de pensiones, hay avances previstos, aunque lentos y de moderado calado que afectan a las obligaciones de información, pero no van más allá. La directora general de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), Flavia Rodríguez-Ponga, avanzó que la incorporación de las directrices del Solvencia II será paralela a la implementación sobre requerimientos de información extra-financiera en planes de pensiones de empleo y recordó que algunos requisitos de Solvencia II, que precisamente están ligados a la inversión responsable (criterios, información, gobernanza), se exigirán a partir de enero de 2014, aunque la norma no entre totalmente en vigor hasta 2016. Así las cosas, la reforma se centrará en el segundo pilar de las pensiones.
“La primera normativa para informar de criterios extrafinancieros –sociales, medioambientales y de buen gobierno-fue la ley de 2011, junto con la Ley de Economía Sostenible. Ahora, se reformará la ley de planes y fondos de pensiones –reforma que estará lista antes de finales de año- para incluir la necesidad de informar de esos criterios extrafinancieros, a los que se añadirán los éticos”, confirmó José Antonio de Paz Carbajo, subdirector general de Planes y Fondos de Pensiones de la DGSFP. La DGSFP delegará su aplicación a las comisiones de control de los planes de empleo, de forma que el reglamento dictará cómo deberán informar dichas comisiones de control, en los informes anuales, sobre si la política de inversión de los planes incluye criterios de inversión socialmente responsable o no.
La Dirección también está estudiando que los fondos y planes de pensiones incluyan en su documentación básica este tipo de información, para que “el documento sea lo más amplio posible” según De Paz. Pero, a la espera de que esta última medida salga adelante, actualmente la normativa no afectará al tercer pilar, a los planes individuales. Con datos de 2012, más de la mitad de las gestoras españolas de pensiones no incorporan políticas de este tipo ni en su política de inversión ni en la selección de gestores o fondos externos que realizan. Y el 71% reconoce no aplicar ningún parámetro o medida relacionados con la inversión sostenible, según un reciente estudio de Robeco y Axa IM.
Llamada a los gestores
En el evento de Spainsif, Pablo García Valdecasas, de la Dirección General de Responsabilidad Social Empresarial del Ministerio de Trabajo, apeló a los gestores a que participen en la elaboración del Plan Nacional de Responsabilidad Social Corporativa en España, que tendrá un apartado específico para la inversión socialmente responsable.