La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sigue reforzando la protección de los inversores. Para ello ha elaborado un sistema universal de clasificación de instrumentos financieros dirigido a los inversores minoristas. El sistema, que se concreta en una sencilla escala de colores con cinco niveles de riesgo, pretende mejorar la información que el inversor recibe antes de contratar un producto financiero, de manera que en un vistazo sea capaz de comprender el nivel de riesgo que va a asumir y la complejidad de los valores. De esta forma, se facilita además la comparabilidad entre productos alternativos.
Esta medida, que era uno de los objetivos incluido por la CNMV en su Plan de Actividades de 2014, pretende mejorar la defensa del inversor mediante una mayor información de los productos financieros. Había sido también demanda por la Defensora del Pueblo y la Subcomisión del Congreso para la transparencia de los productos financieros. La CNMV somete a consulta pública un documento explicativo del proyecto.
La clasificación propuesta se basa en un sistema sencillo que define el nivel de riesgo con una escala de colores que va del verde al rojo. Además se facilitará a los inversores información clara sobre los niveles de liquidez y la complejidad de los productos que se disponen a contratar. Para ello, el sistema de colores irá acompañado de unos iconos con una mención sobre las posibles limitaciones a la liquidez del producto que se va a contratar o respecto a la complejidad o especial complejidad del instrumento.
Los criterios propuestos para la clasificación de los distintos productos tienen en cuenta el riesgo de no de recuperación del capital al vencimiento, la solvencia del emisor, el plazo de vencimiento, las características del producto, así como la divisa en que está denominado. Con estas cinco variables se obtendrán las siguientes cinco categorías:
Advertencias sobre liquidez y complejidad
Además de la clasificación de los riesgos en función de la escala de colores, el indicador incluirá unas advertencias sobre la liquidez junto al icono de uno o dos candados Ampliar Así, en el caso de los valores en los que existe un compromiso de devolución del capital al vencimiento de al menos el 90%, se incluirá la siguiente advertencia: “el compromiso de devolución del (XX%) del capital sólo es a vencimiento y la venta anticipada puede provocar pérdidas”.
En el caso de los productos que no garanticen la devolución del capital, no exista un mercado secundario líquido y no se instrumente un procedimiento para dar liquidez se especificará que “la venta anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes”. En el caso de los productos de la clase D en los que exista un compromiso de devolución parcial y se den las circunstancias anteriores se incluirá: “el compromiso de devolución del (XX%) del capital sólo es a vencimiento y la venta anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes”.
El sistema también plantea que, para la mejora de la transparencia informativa y la adecuada protección del inversor, en el caso de los instrumentos complejos, y con independencia del nivel de riesgo, se destaque siempre, junto a un icono (un candado), el aviso “Instrumento financiero complejo, puede ser difícil de comprender”. En el caso de los especialmente complejos, y junto al icono (dos candados), se advertirá “Instrumento especialmente complejo cuya adquisición no se considera adecuada por inversores no profesionales”.
Presentación del sistema
El sistema tendrá una presentación gráfica e icónica con el fin de facilitar su comprensión. La escala progresiva de colores se basará en un gráfico piramidal en el que los instrumentos de mayor riesgo estarán en la parte baja como sucede en la escala de eficiencia energética. Debajo del gráfico aparecerán, en su caso, las advertencias sobre liquidez o complejidad.
! Instrumento financiero complejo, puede ser díficil de comprender.
!! Instrumento especialmente complejo cuya adquisición no se considera adecuada por inversores no profesionales.
(un candado) El compromiso de devolución del (XX%) del capital solo es a vencimiento y la venta anticipada puede provocar pérdidas.
(dos candados) La venta anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes.
(dos candados) El compromiso de devolución del (XX%) del capital solo es a vencimiento y la venta anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes”.
Esta imagen con sus advertencias deberá incluirse siempre por parte de las entidades en toda la información precontractual y en la publicidad.
Productos de elevada complejidad
Finalmente, la CNMV plantea que se refuerzen las medidas de protección al inversor en la comercialización de productos considerados especialmente complejos que no resultan adecuados para los inversores minoristas, por ejemplo, instrumentos contingentes convertibles (cocos) y otras categorías de activos como deuda estructurada, CFD, swaps o derivados de OTC, entre otros, cuando incorporen determinadas características.
Así, se propone a las entidades que, cuando presten servicios de inversión fuera del asesoramiento o la gestión discrecional e individualizada de carteras a minoristas sobre estos instrumentos (que se detallan en la propuesta), realicen la siguiente advertencia:
“Advertencia de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV): Esta operación XXX se refiere a un instrumento financiero especialmente complejo. La CNMV considera no adecuada su adquisición por inversores no profesionales”.
Además las entidades han de recabar la firma por el cliente del texto anterior unida a una expresión manuscrita por el mismo como sigue:“Producto no adecuado para inversores no profesionales”.
En el caso de que la entidad esté prestando un servicio de asesoramiento de inversión, deberá incluir la primera parte de la advertencia en la descripción de cómo se ajusta la recomendación a las características y objetivos del inversor.
El periodo de contestación a la consulta pública por parte de los interesados finaliza el 30 de septiembre de 2014.